Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061016)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Consolidación de la zona regable del Borbollón y Rivera de Gata", cuyo promotor es la Comunidad de Regantes Borbollón y Rivera de Gata. Expte.: IA 20/0345.
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NÚMERO 72
Lunes, 19 de abril de 2021
19579
RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Consolidación
de la zona regable del Borbollón y Rivera de Gata", cuyo promotor es la
Comunidad de Regantes Borbollón y Rivera de Gata. Expte.: IA 20/0345.
(2021061016)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto Consolidación de la zona regable del Borbollón y Rivera de Gata, a ejecutar en el
término municipal de Vegaviana (Cáceres), se encuentra encuadrado en el apartado d) del
grupo 1, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es la Comunidad de Regantes Borbollón y Rivera de Gata, con CIF
Q1067001F y con domicilio social en C/ El Brocense, 35, de Moraleja (Cáceres).
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto.
Se pretende esencialmente aumentar la eficiencia de riego y por lo tanto el ahorro de agua
utilizada en los regadíos. No se contempla en ningún momento el aumento de la superficie
regada ni de las dotaciones máximas autorizadas. Los objetivos perseguidos con la acometida del proyecto son:
— Mejora de la eficiencia de los sistemas de riego y el ahorro de agua.
— Reducción de pérdidas en redes de transporte y distribución.
Lunes, 19 de abril de 2021
19579
RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Consolidación
de la zona regable del Borbollón y Rivera de Gata", cuyo promotor es la
Comunidad de Regantes Borbollón y Rivera de Gata. Expte.: IA 20/0345.
(2021061016)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto Consolidación de la zona regable del Borbollón y Rivera de Gata, a ejecutar en el
término municipal de Vegaviana (Cáceres), se encuentra encuadrado en el apartado d) del
grupo 1, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es la Comunidad de Regantes Borbollón y Rivera de Gata, con CIF
Q1067001F y con domicilio social en C/ El Brocense, 35, de Moraleja (Cáceres).
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto.
Se pretende esencialmente aumentar la eficiencia de riego y por lo tanto el ahorro de agua
utilizada en los regadíos. No se contempla en ningún momento el aumento de la superficie
regada ni de las dotaciones máximas autorizadas. Los objetivos perseguidos con la acometida del proyecto son:
— Mejora de la eficiencia de los sistemas de riego y el ahorro de agua.
— Reducción de pérdidas en redes de transporte y distribución.