Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061038)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para fabricación y comercialización de piensos compuestos promovido por Juan del Pozo Sánchez, SL, en el término municipal de Puebla de Alcocer.
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NÚMERO 72
19539
Lunes, 19 de abril de 2021
RESIDUO
CÓDIGO
LER
(1)
ORIGEN
DESTINO TRATADA
DE
OPERACIONES
DE
MENSUAL VALORIZACIÓN ELIMINACIÓN
Mantenimiento
Pilas que
contienen
CANTIDAD OPERACIONES
16 06 03
mercurio
de material
Gestor
autorizado
Ocasional
R13
D15
Ocasional
R13
D15
de oficina
Tubos
fluorescentes y
otros residuos 20 01 21
que contienen
Mantenimiento
de
instalaciones
Gestor
autorizado
mercurio
(1) LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.
3. La generación de cualquier otro residuo deberá ser comunicada a la Dirección General de
Sostenibilidad.
4. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por
el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
b) Se almacenarán sobre solera impermeable.
c) El almacenamiento temporal de residuos peligrosos se efectuará en zonas cubiertas y
con pavimento impermeable.
d) Para aquellos residuos peligrosos que, por su estado físico, líquido o pastoso, puedan
generar lixiviados o dar lugar a vertidos, se dispondrá de cubetos de retención o sistema equivalente, a fin de garantizar la contención de eventuales derrames. Dichos
sistemas serán independientes para aquellas tipologías de residuos cuya posible mezcla
en caso de derrame suponga aumento de su peligrosidad o mayor dificultad de gestión.
e) Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto
833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la
Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos.
19539
Lunes, 19 de abril de 2021
RESIDUO
CÓDIGO
LER
(1)
ORIGEN
DESTINO TRATADA
DE
OPERACIONES
DE
MENSUAL VALORIZACIÓN ELIMINACIÓN
Mantenimiento
Pilas que
contienen
CANTIDAD OPERACIONES
16 06 03
mercurio
de material
Gestor
autorizado
Ocasional
R13
D15
Ocasional
R13
D15
de oficina
Tubos
fluorescentes y
otros residuos 20 01 21
que contienen
Mantenimiento
de
instalaciones
Gestor
autorizado
mercurio
(1) LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de 2014.
3. La generación de cualquier otro residuo deberá ser comunicada a la Dirección General de
Sostenibilidad.
4. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por
el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
b) Se almacenarán sobre solera impermeable.
c) El almacenamiento temporal de residuos peligrosos se efectuará en zonas cubiertas y
con pavimento impermeable.
d) Para aquellos residuos peligrosos que, por su estado físico, líquido o pastoso, puedan
generar lixiviados o dar lugar a vertidos, se dispondrá de cubetos de retención o sistema equivalente, a fin de garantizar la contención de eventuales derrames. Dichos
sistemas serán independientes para aquellas tipologías de residuos cuya posible mezcla
en caso de derrame suponga aumento de su peligrosidad o mayor dificultad de gestión.
e) Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto
833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la
Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos.