Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061038)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para fabricación y comercialización de piensos compuestos promovido por Juan del Pozo Sánchez, SL, en el término municipal de Puebla de Alcocer.
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NÚMERO 72
19543
Lunes, 19 de abril de 2021
b) Aguas pluviales no contaminadas. Serán dirigidas hacia el exterior de la parcela.
2. Cualquier vertido que se pretenda llevar a cabo a Dominio Público Hidráulico deberá contar
con Autorización de Vertido por el Organismo de Cuenca correspondiente, quién fijará las
condiciones y límites de vertido.
3. El titular de la instalación industrial deberá evitar la entrada de restos orgánicos al sistema
de desagüe. A tal efecto, los desagües de la red de saneamiento de aguas residuales del
proceso productivo dispondrán de rejillas para la retención de los sólidos.
4. S
e realizarán limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
Fuente sonora
Nivel de emisión total, dB (A)
Molino
91,61
Mezcladora
81,85
Mezclador granuladora
83,50
Granuladora
84,47
Elevador cangilones
74,61
2. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
3. La actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
19543
Lunes, 19 de abril de 2021
b) Aguas pluviales no contaminadas. Serán dirigidas hacia el exterior de la parcela.
2. Cualquier vertido que se pretenda llevar a cabo a Dominio Público Hidráulico deberá contar
con Autorización de Vertido por el Organismo de Cuenca correspondiente, quién fijará las
condiciones y límites de vertido.
3. El titular de la instalación industrial deberá evitar la entrada de restos orgánicos al sistema
de desagüe. A tal efecto, los desagües de la red de saneamiento de aguas residuales del
proceso productivo dispondrán de rejillas para la retención de los sólidos.
4. S
e realizarán limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin de
disminuir el consumo de agua.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
Fuente sonora
Nivel de emisión total, dB (A)
Molino
91,61
Mezcladora
81,85
Mezclador granuladora
83,50
Granuladora
84,47
Elevador cangilones
74,61
2. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
3. La actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.