Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061037)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación educativa entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas y de proyectos de investigación en centros dependientes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
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NÚMERO 72
Lunes, 19 de abril de 2021

19492

La Universidad de Extremadura informará de la firma del presente convenio a la Dirección
Provincial del Seguro Escolar, solicitando la extensión de dicho seguro a la realización de prácticas. La eventualidad de un accidente será cubierta por el Seguro Escolar y por una Póliza de
Responsabilidad Civil para Estudiantes en prácticas, suscrita por la Universidad de Extremadura. De la misma manera, también suscribirá un Seguro de Accidentes para los mayores de
28 años, al no disponer de cobertura del Seguro Escolar.
Séptima. Bolsa o ayuda al estudio y Seguridad Social.
En relación al contenido de la disposición adicional quinta del Real Decreto 28/2018, de 28
de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en
materia social, laboral y de empleo, publicado el día 29 de diciembre de 2018 en el BOE, las
partes manifiestan que de produ6cirse desarrollo reglamentario de cuya redacción se infiera
gasto vinculado al desarrollo de prácticas, no será posible dar continuidad al objeto del convenio debido a la falta de disponibilidad presupuestaria.
En todo caso, en el supuesto de desarrollo reglamentario de la disposición adicional quinta
del Real Decreto 28/2018, de 28 de diciembre, la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda
Digital en ningún caso se hará cargo de los abonos contenidos en el punto tercero de la citada
disposición adicional, tanto desde la entrada en vigor del citado desarrollo, como en el caso
de previsión de la aplicación reglamentaria con carácter retroactivo, todo ello de conformidad
con el apartado b) de punto 3 de la citada disposición que establece lo siguiente “…b) En el
caso de prácticas y programas formativos no remunerados, a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que,
en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán
al centro educativo en el que los alumnos cursen sus estudios.”, siendo en este supuesto la
Universidad de Extremadura la responsable del abono de los gastos que se pudieran derivar.
Las prácticas académicas externas y proyectos de investigación que se realicen por el alumnado de la Universidad de Extremadura en los centros dependientes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital no llevarán aparejada bolsa o ayuda al estudio, los alumnos
de la Universidad de Extremadura no mantendrán relación laboral alguna con la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Octava. Derechos y deberes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, bien directamente, bien a través de
las funciones que se encomienden al tutor/a de prácticas, tendrá las siguientes obligaciones:
a) Hacer un seguimiento de las prácticas a través de tutores/as.