Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061037)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación educativa entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas y de proyectos de investigación en centros dependientes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
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NÚMERO 72
Lunes, 19 de abril de 2021

19490

Decreto 592/2014, de 11 de julio, y figurará en los términos del Anexo I de este Convenio en
cada una de las modalidades de prácticas.
Se elaborará un Plan o Proyecto Formativo para los proyectos de investigación (Anexo II), en
el que se recogerá los datos identificativos del alumnado, del coordinador nombrado por la
Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y los datos del director del proyecto objeto de investigación nombrado por la Universidad de Extremadura. En este Anexo se incluirá
también la descripción del proyecto, sus objetivos, hipótesis y metodología.
Se nombrará un tutor profesional del Centro dependiente de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y otro académico de la Universidad de Extremadura, con las funciones,
derechos y deberes que se recogen en los artículos 10, 11 y 12 del mencionado Real Decreto
592/2014, de 11 de julio. La Universidad de Extremadura, reconocerá y certificará la labor
desarrollada por los tutores externos de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Al finalizar las prácticas o proyecto de investigación, el tutor externo del Centro dependiente de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá emitir un informe final al
Centro correspondiente y, si procede o así se acuerda, un informe intermedio, con mención
expresa a las competencias genéricas y específicas del proyecto formativo y de acuerdo con
lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
En virtud de la movilidad, a través de los programas nacionales e internacionales específicos,
también podrán acogerse a este Convenio los estudiantes de otras universidades que se encuentren realizando estudios en la UEx.
Tercera. Ausencia de vinculación.
La relación alumnado-centros dependientes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda
Digital no supondrá más compromiso para ésta que el estipulado en este Convenio y el mencionado en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio no derivándose de la misma ningún tipo
de relación laboral ni contractual, ni tampoco, contraprestación económica alguna durante su
desarrollo no siendo aplicable legislación laboral y/o contractual alguna.
Análogamente, las prácticas no computarán a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos ni eximirán del periodo de prueba ni tendrán la consideración de méritos para
el acceso a la función pública.
No podrá formalizarse contrato de trabajo entre los centros de la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital colaboradores en las prácticas y el estudiante, mientras no se revoque expresamente o finalice este Convenio de Cooperación Educativa respecto del estudiante
afectado.