Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061037)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación educativa entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas y de proyectos de investigación en centros dependientes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
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NÚMERO 72
Lunes, 19 de abril de 2021
19495
El tutor/a designado por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital tendrá derecho:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de la UEX.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así como del
Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) A tener acceso a la UEX para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Novena. Derechos y deberes de la Universidad de Extremadura.
La UEX, bien directamente, bien a través del responsable de las prácticas externas o del
tutor/a académico por ella designado, tendrá asignada las siguientes obligaciones y derechos:
Obligaciones de la UEX:
a) Comunicar a la persona seleccionada la concesión de la práctica o proyecto de investigación.
b) Asegurarse que el beneficiario/a dispone, al menos, del seguro escolar, o uno de cobertura equivalente y un seguro de responsabilidad civil.
c) Expedir acreditación de la realización de prácticas.
d) Facilitar el acceso a la documentación necesaria para la gestión de las prácticas o proyecto de investigación, tanto al estudiante como a la entidad colaboradora.
Obligaciones del tutor/a designado por la UEX:
a) Velar por el normal desarrollo del Proyecto Formativo, garantizando la compatibilidad
del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas
y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor de
la entidad colaboradora y visto, en su caso, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Proyecto Formativo.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado.
e) G
uardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor/a.
Lunes, 19 de abril de 2021
19495
El tutor/a designado por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital tendrá derecho:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de la UEX.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas así como del
Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) A tener acceso a la UEX para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Novena. Derechos y deberes de la Universidad de Extremadura.
La UEX, bien directamente, bien a través del responsable de las prácticas externas o del
tutor/a académico por ella designado, tendrá asignada las siguientes obligaciones y derechos:
Obligaciones de la UEX:
a) Comunicar a la persona seleccionada la concesión de la práctica o proyecto de investigación.
b) Asegurarse que el beneficiario/a dispone, al menos, del seguro escolar, o uno de cobertura equivalente y un seguro de responsabilidad civil.
c) Expedir acreditación de la realización de prácticas.
d) Facilitar el acceso a la documentación necesaria para la gestión de las prácticas o proyecto de investigación, tanto al estudiante como a la entidad colaboradora.
Obligaciones del tutor/a designado por la UEX:
a) Velar por el normal desarrollo del Proyecto Formativo, garantizando la compatibilidad
del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas
y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor de
la entidad colaboradora y visto, en su caso, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el Proyecto Formativo.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado.
e) G
uardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor/a.