Otras Resoluciones. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Ayudas.- (2021060978)
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el primer procedimiento del ejercicio 2021.
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NÚMERO 71
Viernes, 16 de abril de 2021

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y Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable una vez publicada la
resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura, de la siguiente forma:
A) Abono inicial del 50% del total de la subvención concedida, cuando se justifique la contratación de los espectáculos subvencionados por parte de la entidad, mediante el envío a la
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de:
— Certificación del Secretario-Interventor de la Entidad con el VºBº del Alcalde-Presidente,
de los contratos realizados en la que se detalle importe (desglosando el IVA correspondiente), fecha del contrato, denominación de la empresa, NIF/CIF de la misma, su
carácter de extremeña o no, denominación del espectáculo, tipo de espectáculo y día de
actuación (anexo III de la resolución de convocatoria).
Esta justificación deberá efectuarse en el plazo de los treinta días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión en el Diario
Oficial de Extremadura.
B) A
 bono del 50 % restante una vez justificada la aplicación de fondos y la realización de la
actividad por importe igual o superior al 50% de la subvención concedida.
La justificación necesaria para la realización de los pagos correspondientes a este segundo
50% deberá efectuarse con anterioridad al 30 de septiembre de 2021.
La justificación de la aplicación de los fondos y realización de la actividad, para el pago
de este segundo 50%, se hará mediante certificación de gastos y pagos efectuados a esa
fecha expedida por el Sr. Secretario-Interventor del Ayuntamiento y el Vº Bº del Ilmo. Sr.
Alcalde - Presidente, donde se hará constar, de conformidad con el anexo IV de la resolución de convocatoria, lo siguiente:
a) Las empresas contratadas, número, fecha e importe de la factura (desglosando el IVA
correspondiente), pago efectuado, fecha del contrato, denominación de la empresa,
NIF/CIF de la misma, su carácter de extremeña o no, denominación del espectáculo,
tipo de espectáculo y día de actuación.
b) Las modificaciones a los contratos si los hubiere.
c) Que los gastos previstos en la resolución de concesión y en los contratos realizados han
sido efectivamente realizados, y están acreditados mediante facturas o documentos
contables de valor probatorio equivalente, y además, para la justificación final: por importe del total de la aportación de la Consejería y de la entidad beneficiaria.