Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061007)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto Limpio en la localidad de Hervás", cuyo promotor es Ayuntamiento de Hervás, en el término municipal de Hervás (Cáceres). Expte.: IA19/0733.
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NÚMERO 70
Jueves, 15 de abril de 2021

19143

Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.


7. Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la normativa
urbanística correspondiendo al Ayuntamiento de Hervás las competencias en estas
materias.

b. M
 edidas en fase de construcción.


1. S
 e deberán impermeabilizar adecuadamente las superficies de aquellas zonas de
trabajo, transito, almacenamiento o manipulación de material susceptible de originar
derrames o lixiviados contaminantes al suelo y las aguas subterráneas, con el objetivo de que el fluido que se colecte en las zonas de almacenamiento nunca pueda ni
infiltrarse en el terreno ni discurrir hacia el exterior de las instalaciones, y así evitar
la generación de cualquier contaminación sobre las masas de agua. Para ello se instalarán las barreras de retención que sean necesarias.

2. El sistema de drenaje de la instalación deberá conectarse adecuadamente con el
sistema general de drenaje y gestión de aguas residuales de la urbanización, deberá
contar con una arqueta de control previa al vertido. Todas las aguas que se recojan
de estas superficies deberán ser adecuadamente tratadas en función de su tipología.


3. Si durante la ejecución de la obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente
los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería
de Cultura.

c. Medidas en fase de explotación.


1. El área destinada a la gestión de los materiales recepcionados será únicamente el
que se señala en la documentación aportada que obra dentro del expediente de referencia. No se podrá enterrar, acopiar o almacenar residuos fuera de las superficies
especificadas para ello en el proyecto.