Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060997)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Leopoldo Ángel Doménech Vaca, en el término municipal de Azuaga.
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NÚMERO 70
Jueves, 15 de abril de 2021

19125

La actividad está incluida en el anexo VI, grupo 1 apartado l) de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 81, de
29 de abril de 2015), por lo que este proyecto está sometido al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental abreviada.
Durante el procedimiento de evaluación se ha solicitado y recibido informe del Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y se ha solicitado informe al Ayuntamiento
de Azuaga, a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a la Dirección General de Urbanismo
y Ordenación del Territorio y al Agente del Medio Natural.
Con fecha 20 de mayo de 2020 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas emite informe favorable en el que comunica que la actividad solicitada se encuentra
en Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) Campiña Sur y Embalse de Arroyo Conejo. Tanto las instalaciones nuevas como las existentes, y todas las parcelas en las que se
aplicará el purín como fertilizante se encuentran en este espacio declarado por Ia importante
comunidad de aves esteparias que alberga. El aumento de Ia presencia humana, así como
la aplicación de purines sobre terrenos agrícolas, puede producir molestias especialmente en
periodos sensibles como la formación de concentraciones de cortejo (lek) o durante Ia cría.
Este espacio se regula por lo establecido en el Plan Director de Ia Red Natura 2000 publicados
en el Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura
2000 en Extremadura. El informe recoge una serie de medidas las cuales han sido recogidas
a continuación.
Se considera que la actividad no causará impactos ambientales significativos siempre y cuando se cumplan las siguientes medidas preventivas, correctoras y complementarias:
• Medidas preventivas y correctoras en la fase de adaptación y construcción.
1. A
 decuar las edificaciones e instalaciones auxiliares al entorno rural en el que se ubican.
Se recomienda para los exteriores colores con tonos tostados, ocre o albero y para las cubiertas rojo mate o verde. Los silos y depósitos serán de color similar a las cubiertas de las
naves de secuestro. En cualquiera de los elementos constructivos e instalaciones auxiliares
no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes.
2. La explotación porcina dispondrá de un sistema impermeable para la recogida y almacenamiento de los purines y de las aguas de limpieza generadas en las naves de secuestro
y lazareto, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas. Para ello dispondrá de una balsa impermeabilizada con capacidad suficiente
para almacenar la producción de, al menos, tres meses de purines.