Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060975)
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Juliana Merchán Naharro, en el término municipal de Salvatierra de los Barros (Badajoz).
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NÚMERO 70
Jueves, 15 de abril de 2021
19060
deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola
de los estiércoles, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 158/1999, de
14 de septiembre, de regulación zootécnico sanitaria de las explotaciones porcinas de
Extremadura.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 2.159,22 m3/año de purines, que suponen unos 6.856,5 kg de nitrógeno /año;
calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de
Gestión de Estiércoles.
2. El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el
riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño
adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a
cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación porcina deberá
disponer de una capacidad total mínima de retención de estiércoles licuados, aguas de
limpieza y lixiviados del estercolero de 421,2 m3, volumen que el complejo porcino justifica
mediante la existencia de una balsa de lámina PEAD, con una capacidad de almacenamiento de 520 m3.
3. El diseño y la construcción de la balsa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas /balsa deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se
eviten molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— La balsa será impermeabilizada con lámina de PEAD y cumplirá con las siguientes características constructivas:
• Profundidad mínima de 2 m.
• Talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos; y cuneta en
todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
•
Estructura:
- Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas
a una arqueta de detección de fugas, ubicada en el punto más bajo del terreno.
Jueves, 15 de abril de 2021
19060
deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola
de los estiércoles, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 158/1999, de
14 de septiembre, de regulación zootécnico sanitaria de las explotaciones porcinas de
Extremadura.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 2.159,22 m3/año de purines, que suponen unos 6.856,5 kg de nitrógeno /año;
calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de
Gestión de Estiércoles.
2. El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el
riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño
adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a
cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación porcina deberá
disponer de una capacidad total mínima de retención de estiércoles licuados, aguas de
limpieza y lixiviados del estercolero de 421,2 m3, volumen que el complejo porcino justifica
mediante la existencia de una balsa de lámina PEAD, con una capacidad de almacenamiento de 520 m3.
3. El diseño y la construcción de la balsa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas /balsa deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se
eviten molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— La balsa será impermeabilizada con lámina de PEAD y cumplirá con las siguientes características constructivas:
• Profundidad mínima de 2 m.
• Talud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos; y cuneta en
todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
•
Estructura:
- Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas
a una arqueta de detección de fugas, ubicada en el punto más bajo del terreno.