Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Ayudas.- (2021061032)
Extracto de la Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a la formación, fomento y difusión en el ámbito de la economía social para 2021. Línea de ayudas a la formación de personas que integran o pueden integrar los órganos de administración de las sociedades cooperativas.
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NÚMERO 70
18998
Jueves, 15 de abril de 2021
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021”. Se subvencionará el coste total de las
actividades de formación, con un máximo de 50.000 euros por entidad beneficiaria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de
la publicación de la convocatoria en el DOE.
Sexto. Otros datos.
La solicitud para la obtención de las subvenciones se formalizará de acuerdo con el modelo
normalizado que se establece como anexo I en la orden de convocatoria.
El procedimiento de concesión de las ayudas convocadas es el de concurrencia competitiva
mediante convocatoria periódica. Las ayudas previstas en la convocatoria se hallan acogidas
al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013,
de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, no pudiendo superar la ayuda total de mínimis
la cantidad de 200.000 euros por beneficiario durante cualquier periodo de tres ejercicios
fiscales ni ser aplicable a otros regímenes de mínimis, salvo que por su importe no superen
ese umbral.
Mérida, 6 de abril de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
18998
Jueves, 15 de abril de 2021
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021”. Se subvencionará el coste total de las
actividades de formación, con un máximo de 50.000 euros por entidad beneficiaria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de
la publicación de la convocatoria en el DOE.
Sexto. Otros datos.
La solicitud para la obtención de las subvenciones se formalizará de acuerdo con el modelo
normalizado que se establece como anexo I en la orden de convocatoria.
El procedimiento de concesión de las ayudas convocadas es el de concurrencia competitiva
mediante convocatoria periódica. Las ayudas previstas en la convocatoria se hallan acogidas
al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013,
de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, no pudiendo superar la ayuda total de mínimis
la cantidad de 200.000 euros por beneficiario durante cualquier periodo de tres ejercicios
fiscales ni ser aplicable a otros regímenes de mínimis, salvo que por su importe no superen
ese umbral.
Mérida, 6 de abril de 2021.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ