Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060969)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Consolidación de la red de distribución de aguas de la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito", cuyo promotor es la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito. Expte.: IA 20/0816.
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NÚMERO 69
Miércoles, 14 de abril de 2021

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ria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para
este tipo de obras disminuyen el impacto causado. En la fase de funcionamiento el
impacto sobre la calidad del aire es mínimo, lo mismo que el ruido y la contaminación lumínica.


— Patrimonio arqueológico y dominio público.

Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza arqueológica y a la amplia superficie abarcada por la zona de estudio y de
cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico
no detectado de la zona, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural, establece medidas correctoras de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado en superficie, que pudiera verse afectado.
Con relación a las posibles vías pecuarias existentes en el territorio de realización del
proyecto, no coincide el trazado de ninguna con los límites de las actuaciones proyectadas. Igualmente, no se prevé ninguna afección a montes de utilidad pública.


— Consumo de recursos y cambio climático.

Se pretende esencialmente aumentar la eficiencia de riego y, por lo tanto, el ahorro
de agua utilizada en los regadíos. No se contempla en ningún momento el aumento
de la superficie regada ni de las dotaciones máximas autorizadas.
Por tanto, en cuanto al agua, tiene un efecto positivo permanente al hacer un uso
más eficiente de este recurso.


— Medio socioeconómico.

El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Efectivamente, una hectárea promedio de secano emplea sólo 0,037
unidades de trabajo agrario (UTA, equivalente al trabajo generado por una persona
en un año), mientras que una hectárea de regadío necesita 0,141 UTA. Por tanto,
se contribuirá a asentar la población e incrementar la renta media. Cabe destacar
que el regadío no solo supone una renta más alta para los agricultores, sino también
que esta sea más segura, tanto por la mayor diversificación de producciones que
permite, como por la reducción de los riesgos climáticos derivados de la variabilidad
de las producciones.


— Vulnerabilidad del proyecto.

Con relación al apartado sobre la vulnerabilidad del proyecto, de conformidad con
lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley