Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060965)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuya promotora es María del Carmen Sánchez Suira, en el término municipal de Puebla del Prior. Expte.: IA19/1764.
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NÚMERO 68
Martes, 13 de abril de 2021

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las aguas superficiales y subterráneas. Para ello, dispondrá de red de saneamiento
mediante tuberías, y una fosa de hormigón existente y deberá contar con capacidad
suficiente para almacenar la producción de, al menos, tres meses de purines. Las
fosas de purines serán de hormigón y abiertas, dispondrán de impermeabilización
del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones, cuneta en todo
su perímetro que evite el acceso de las aguas de escorrentía, talud perimetral que
evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía y cerramiento perimetral
que no permita el acceso de personas y animales. La frecuencia de vaciado de las
fosas de purines será siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. En el caso
de detectarse productos químicos (desinfectantes), el vertido final almacenado será
entregado a un gestor de residuos autorizado por el organismo competente, y para el
caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final será empleado como
fertilizante orgánico.


En el caso de mantener las fosas abiertas, para facilitar la salida de los animales que
pudieran caer accidentalmente en ellas y morir ahogados, se construirán rampas interiores con material rugoso de, al menos, 50 cm de ancho y un máximo de 30.º de
inclinación y pegadas a la pared de la fosa. Podrán ser de obra fija (vigas y rasillas o
ladrillos); o bien de madera con sistemas autobasculantes según el nivel de las fosas
(mediante bisagras).



— La explotación dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos. El
estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en
el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier
deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan
a una fosa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción de
un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de pluviales al
cubeto.



— Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.



— En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la
correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que garantice el abastecimiento.