Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060927)
Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población, y Territorio y los Ayuntamientos de menos de 2.000 habitantes, que se encuentren en zonas de alto riesgo o sean de especial peligrosidad, para la prestación de ayuda técnica en la elaboración de planes periurbanos en materia de prevención de incendios forestales.
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NÚMERO 67
18232
Lunes, 12 de abril de 2021
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN, Y TERRITORIO
Y LOS AYUNTAMIENTOS DE MENOS DE 2000 HABITANTES, QUE SE
ENCUENTREN EN ZONAS DE ALTO RIESGO O SEAN DE ESPECIAL
PELIGROSIDAD, PARA LA PRESTACIÓN DE AYUDA TÉCNICA EN
LA ELABORACIÓN DE PLANES PERIURBANOS EN MATERIA DE
PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES
Mérida, 4 de marzo de 2020.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María Curiel Muñoz, Secretaria General de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, en virtud del Decreto 71/2019, de 16 de julio, (DOE
núm. 137, de 17 de julio) actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuida
por Resolución de 23 de julio de 2019, de la Consejera, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaria General de la
Consejería (DOE núm. 144, de 29 de julio) y según lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
De otra parte, D., Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Navatrasierra (Cáceres) en
su nombre y representación, en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, reguladora de las
Bases de Régimen Local, con facultades para suscribir el presente Convenio.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad para
obligarse y poder bastante para convenir en los términos recogidos en el presente Convenio
de Colaboración, y al efecto,
EXPONEN
Primero. Se suscribe el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 49 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de acuerdo con lo
establecido en los artículos 55 y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, que disponen que la cooperación económica, técnica y administrativa entre
la Administración Local y las de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales, como
en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los
términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los convenios
administrativos que suscriban, debiendo ambas partes respetar el ejercicio legítimo por las
otras Administraciones de sus competencias y las consecuencias que del mismo se deriven
para las propias, para la efectividad de la coordinación y la eficacia administrativa.
18232
Lunes, 12 de abril de 2021
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN, Y TERRITORIO
Y LOS AYUNTAMIENTOS DE MENOS DE 2000 HABITANTES, QUE SE
ENCUENTREN EN ZONAS DE ALTO RIESGO O SEAN DE ESPECIAL
PELIGROSIDAD, PARA LA PRESTACIÓN DE AYUDA TÉCNICA EN
LA ELABORACIÓN DE PLANES PERIURBANOS EN MATERIA DE
PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES
Mérida, 4 de marzo de 2020.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María Curiel Muñoz, Secretaria General de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, en virtud del Decreto 71/2019, de 16 de julio, (DOE
núm. 137, de 17 de julio) actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuida
por Resolución de 23 de julio de 2019, de la Consejera, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaria General de la
Consejería (DOE núm. 144, de 29 de julio) y según lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
De otra parte, D., Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Navatrasierra (Cáceres) en
su nombre y representación, en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, reguladora de las
Bases de Régimen Local, con facultades para suscribir el presente Convenio.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad para
obligarse y poder bastante para convenir en los términos recogidos en el presente Convenio
de Colaboración, y al efecto,
EXPONEN
Primero. Se suscribe el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 49 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de acuerdo con lo
establecido en los artículos 55 y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, que disponen que la cooperación económica, técnica y administrativa entre
la Administración Local y las de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales, como
en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los
términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los convenios
administrativos que suscriban, debiendo ambas partes respetar el ejercicio legítimo por las
otras Administraciones de sus competencias y las consecuencias que del mismo se deriven
para las propias, para la efectividad de la coordinación y la eficacia administrativa.