Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060958)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Consolidación de regadios de la Comunidad de Regantes de Valdeíñigos", cuyo promotor es la Comunidad de Regantes de Valdeíñigos. Expte.: IA20/083.
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021

18349

RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto "Consolidación de regadíos de la Comunidad de Regantes de
Valdeíñigos", cuyo promotor es la Comunidad de Regantes de Valdeíñigos.
Expte.: IA20/083. (2021060958)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la Subsección 1ª
de Sección 2ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto “Consolidación de Regadíos, de la Comunidad de Regantes de Valdeíñigos”, a
ejecutar en el término municipal de Valdeíñigos (Tejeda del Tiétar), se encuentra encuadrado
en el apartado d) del grupo 1, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es la Comunidad de Regantes de Valdeíñigos, con CIF V10048304 y
con domicilio social en Plaza Mayor, 1, 10697 de Valdeíñigos del Tiétar (Cáceres).
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto.
La razón fundamental de la realización del proyecto es el ahorro de agua y energía, y garantizar la dotación de este recurso en las explotaciones de los regantes. No se contempla en ningún momento el aumento de la superficie regada ni de las dotaciones máximas autorizadas.
Para ello, se van a presurizar todas las tuberías de la comunidad de regantes, de tal forma
que cada comunero/a disponga de agua necesaria en su hidrante a pie de parcela con una
presión de 3 atm.
Las actuaciones previstas para este proyecto, justificadas en base a los objetivos mencionados son:
— Ejecución de nueva caseta de bombeo.