Anuncios. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones.- (2021080420)
Anuncio de 1 de abril de 2021 por el que se notifica el requerimiento de subsanación de solicitudes de ayuda para los expedientes acogidos a la Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021 de subvenciones a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de conservación de la naturaleza, así como de educación y voluntariado ambiental.
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021
18391
ANUNCIO de 1 de abril de 2021 por el que se notifica el requerimiento de
subsanación de solicitudes de ayuda para los expedientes acogidos a la
Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se
establece la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021 de subvenciones
a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo
de proyectos de conservación de la naturaleza, así como de educación y
voluntariado ambiental. (2021080420)
Mediante Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Secretaría General (DOE número 14,
de 22 de enero de 2021) se convocó, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión
de subvenciones a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo
de proyectos de conservación de la naturaleza, así como educación y voluntariado ambiental,
ejercicio 2021, cuyo procedimiento se regula mediante Decreto 87/2018, de 19 de junio, por
el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de conservación de la naturaleza así
como de educación y voluntariado ambiental.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes de ayuda, y una vez examinadas las solicitudes recibidas y revisada la documentación aportada por cada uno de los interesados, el
artículo 8.4 de la mencionada resolución de convocatoria indica que, si la solicitud no reúne
los requisitos establecidos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe
la documentación que se determine.
En virtud de lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y según lo previsto en el
artículo 21.6 del Decreto 87/2018, de 19 de junio, y en el artículo 10.6 de la Resolución de 9
de diciembre de 2020, mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura se procede a la notificación de requerimiento de subsanación a los interesados que
se relacionan en el Anexo del presente anuncio cuyas solicitudes para la citada convocatoria
no reúnen los requisitos establecidos en los artículos 8 y 9 de la citada resolución.
En el anexo del presente anuncio se recoge la relación de interesados afectados por este trámite de subsanación, identificados mediante su NIF, el número de expediente asignado a su
solicitud y el resumen de las incidencias encontradas.
Los interesados deberán subsanar las faltas detectadas y acompañar o completar los documentos o los datos que se detallan en el anexo, indicando el número de expediente asignado,
en el plazo máximo e improrrogable de diez días contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este anuncio, según lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Si así no lo hiciesen,
Lunes, 12 de abril de 2021
18391
ANUNCIO de 1 de abril de 2021 por el que se notifica el requerimiento de
subsanación de solicitudes de ayuda para los expedientes acogidos a la
Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se
establece la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021 de subvenciones
a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo
de proyectos de conservación de la naturaleza, así como de educación y
voluntariado ambiental. (2021080420)
Mediante Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Secretaría General (DOE número 14,
de 22 de enero de 2021) se convocó, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión
de subvenciones a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo
de proyectos de conservación de la naturaleza, así como educación y voluntariado ambiental,
ejercicio 2021, cuyo procedimiento se regula mediante Decreto 87/2018, de 19 de junio, por
el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de conservación de la naturaleza así
como de educación y voluntariado ambiental.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes de ayuda, y una vez examinadas las solicitudes recibidas y revisada la documentación aportada por cada uno de los interesados, el
artículo 8.4 de la mencionada resolución de convocatoria indica que, si la solicitud no reúne
los requisitos establecidos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe
la documentación que se determine.
En virtud de lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y según lo previsto en el
artículo 21.6 del Decreto 87/2018, de 19 de junio, y en el artículo 10.6 de la Resolución de 9
de diciembre de 2020, mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura se procede a la notificación de requerimiento de subsanación a los interesados que
se relacionan en el Anexo del presente anuncio cuyas solicitudes para la citada convocatoria
no reúnen los requisitos establecidos en los artículos 8 y 9 de la citada resolución.
En el anexo del presente anuncio se recoge la relación de interesados afectados por este trámite de subsanación, identificados mediante su NIF, el número de expediente asignado a su
solicitud y el resumen de las incidencias encontradas.
Los interesados deberán subsanar las faltas detectadas y acompañar o completar los documentos o los datos que se detallan en el anexo, indicando el número de expediente asignado,
en el plazo máximo e improrrogable de diez días contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este anuncio, según lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Si así no lo hiciesen,