Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (Suplemento DOE). (2021060925)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar el Plan de actuaciones en materia de emprendimiento a través de la gestión y dinamización de la Red de Puntos de Acompañamiento Empresarial de Extremadura en el ámbito de la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 66
18005
Viernes, 9 de abril de 2021
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
La Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2021 (DOE núm. 24 de 5 de febrero), contempla en el anexo de
proyectos de gastos de la Sección 14, Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y
en el Servicio 14004 “Dirección General de Empresa”, la trasferencia específica a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la realización de las actuaciones
referidas en el presente convenio.
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos, para cada anualidad, al
período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre correspondiente.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser
objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo asimismo
preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa,
memoria de actividades, actuaciones, eventos o congresos, que implica especificar pormenorizadamente tanto los recursos humanos como materiales, cuantificados económicamente;
documentación en ficheros electrónicos y cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen en las presentes
instrucciones las pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento
para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar,
en su caso, el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar
suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y será custodiada
debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las
Administración Públicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
Será obligación por parte de la empresa pública la conservación de la documentación durante
un plazo mínimo de 5 años conforme al contenido de la cláusula quinta del presente convenio.
1. D
ocumentación justificativa a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.
18005
Viernes, 9 de abril de 2021
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
La Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2021 (DOE núm. 24 de 5 de febrero), contempla en el anexo de
proyectos de gastos de la Sección 14, Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y
en el Servicio 14004 “Dirección General de Empresa”, la trasferencia específica a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la realización de las actuaciones
referidas en el presente convenio.
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos, para cada anualidad, al
período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre correspondiente.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser
objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo asimismo
preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa,
memoria de actividades, actuaciones, eventos o congresos, que implica especificar pormenorizadamente tanto los recursos humanos como materiales, cuantificados económicamente;
documentación en ficheros electrónicos y cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen en las presentes
instrucciones las pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento
para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar,
en su caso, el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar
suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y será custodiada
debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las
Administración Públicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
Será obligación por parte de la empresa pública la conservación de la documentación durante
un plazo mínimo de 5 años conforme al contenido de la cláusula quinta del presente convenio.
1. D
ocumentación justificativa a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.