Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (Suplemento DOE). (2021060925)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar el Plan de actuaciones en materia de emprendimiento a través de la gestión y dinamización de la Red de Puntos de Acompañamiento Empresarial de Extremadura en el ámbito de la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 66
Viernes, 9 de abril de 2021
17976
minación el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE núm. 129 de 7 de julio), y del Decreto
165/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Economía, Ciencia y Agenda Digital (DOE número 214, de 6 de noviembre), ejerce las
competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio
e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor,
modernización e innovación tecnológica, investigación, política universitaria, sociedad de la
información y telecomunicaciones.
Concretamente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 4 del citado Decreto 165/2019, de 29
de octubre, corresponde a la Dirección General de Empresa, bajo la superior dirección de la
persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Economía y Comercio, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
el ejercicio de las competencias en materia de política empresarial, promoción, fomento y
modernización de la empresa y el apoyo y fomento de la actividad de autónomos y emprendedores, en particular:
a) La gestión, propuesta, tramitación y seguimiento de los procedimientos de fomento de
la actividad empresarial.
b) La gestión de los Incentivos Económicos Regionales regulados en la Ley 50/1985, de 27
de diciembre.
c) Los programas de acceso a la financiación, mediante instrumentos financieros, subsidiación de intereses y operaciones de aval a empresas y autónomos.
d) El desarrollo y ejecución de programas de ayudas dirigidas a incentivar las inversiones
productivas de las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, en su fase tanto de
creación, ampliación, traslado como modernización.
e) El desarrollo de la promoción industrial y otros sectores estratégicos de la economía
extremeña.
f) La construcción y explotación de todo tipo de infraestructuras de carácter empresarial.
g) El fomento de la cooperación empresarial
h) E
l desarrollo y ejecución de programas de fomento de la cultura emprendedora.
i) El desarrollo de programas de apoyo a la creación, consolidación, crecimiento y mejora
de la competitividad empresarial, cualquiera que sea su forma jurídica.
Viernes, 9 de abril de 2021
17976
minación el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE núm. 129 de 7 de julio), y del Decreto
165/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Economía, Ciencia y Agenda Digital (DOE número 214, de 6 de noviembre), ejerce las
competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio
e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor,
modernización e innovación tecnológica, investigación, política universitaria, sociedad de la
información y telecomunicaciones.
Concretamente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 4 del citado Decreto 165/2019, de 29
de octubre, corresponde a la Dirección General de Empresa, bajo la superior dirección de la
persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Economía y Comercio, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
el ejercicio de las competencias en materia de política empresarial, promoción, fomento y
modernización de la empresa y el apoyo y fomento de la actividad de autónomos y emprendedores, en particular:
a) La gestión, propuesta, tramitación y seguimiento de los procedimientos de fomento de
la actividad empresarial.
b) La gestión de los Incentivos Económicos Regionales regulados en la Ley 50/1985, de 27
de diciembre.
c) Los programas de acceso a la financiación, mediante instrumentos financieros, subsidiación de intereses y operaciones de aval a empresas y autónomos.
d) El desarrollo y ejecución de programas de ayudas dirigidas a incentivar las inversiones
productivas de las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, en su fase tanto de
creación, ampliación, traslado como modernización.
e) El desarrollo de la promoción industrial y otros sectores estratégicos de la economía
extremeña.
f) La construcción y explotación de todo tipo de infraestructuras de carácter empresarial.
g) El fomento de la cooperación empresarial
h) E
l desarrollo y ejecución de programas de fomento de la cultura emprendedora.
i) El desarrollo de programas de apoyo a la creación, consolidación, crecimiento y mejora
de la competitividad empresarial, cualquiera que sea su forma jurídica.