Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060874)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Cauriacom, SLU.
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NÚMERO 65
17495
Jueves, 8 de abril de 2021
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y CAURIACOM, SLU.
Mérida, 16 de marzo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Cauriacom, SLU, con CIF B-10264307 y domicilio en Pza. de la Paz, 4,
puesto 9, código postal 10800 Coria de Cáceres, con teléfono de contacto y correo electrónico
jesus@emdecoria.es y Don José Manuel García Ballestero, como Presidente del Consejo de
Administración y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
ue el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema
educativo.
2. Q
ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
profesional podrán suscribir convenios con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.
17495
Jueves, 8 de abril de 2021
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y CAURIACOM, SLU.
Mérida, 16 de marzo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Cauriacom, SLU, con CIF B-10264307 y domicilio en Pza. de la Paz, 4,
puesto 9, código postal 10800 Coria de Cáceres, con teléfono de contacto y correo electrónico
jesus@emdecoria.es y Don José Manuel García Ballestero, como Presidente del Consejo de
Administración y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
ue el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema
educativo.
2. Q
ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación
profesional podrán suscribir convenios con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.