Autoridades Y Personal. Nombramientos, Situaciones E Incidencias. Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. Suplencia.- (2021060938)
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Consejera, por la que se modifica la Resolución de 13 de noviembre de 2019 por la que se delega el ejercicio de competencias en diversas materias, la firma de resoluciones y actos y se establece el régimen de suplencias.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021
II
17484
AUTORIDADES Y PERSONAL
1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2021, de la Consejera, por la que se modifica
la Resolución de 13 de noviembre de 2019 por la que se delega el ejercicio
de competencias en diversas materias, la firma de resoluciones y actos y se
establece el régimen de suplencias. (2021060938)
Mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En el mismo se atribuye a la Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda las competencias que en materia de infraestructuras viarias tenía atribuidas la
anterior Consejería de Economía e Infraestructuras, las de transporte asignadas a la anterior
Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, así como las competencias en materia de vivienda anteriormente ejercidas por la Consejería de Sanidad y Políticas
Sociales.
El Decreto 167/2019, de 29 de octubre, establece la estructura orgánica de la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda detallando las competencias y funciones atribuidas a los órganos directivos y administrativos de la misma.
Razones de eficacia y eficiencia así como de celeridad, aconsejaron, de un lado, delegar el
ejercicio de determinas competencias que me atribuye el ordenamiento jurídico en los órganos
directivos de la Consejería, de otro, la delegación de firma de algunos actos y resoluciones en
órganos administrativos, así como la delegación de la representación en el otorgamiento de
escrituras públicas y el establecimiento de un régimen de suplencia para los casos de vacante,
ausencia o enfermedad de las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería,
que quedó instrumentado mediante resolución de 13 de noviembre de 2019 publicada en el
DOE n.º 229, de 27 de noviembre, la cual fue modificada por Resolución de 24 de septiembre
de 2020, DOE n.º 190, de 30 de septiembre de 2020.
Circunstancias sobrevenidas durante la aplicación de la citada resolución hacen aconsejable
por las mismas razones de celeridad y eficacia, modificar el contenido de la delegación de la
representación para determinados actos notariales y registrales relacionados con actuaciones
sobre viviendas protegidas de promoción pública.
Jueves, 8 de abril de 2021
II
17484
AUTORIDADES Y PERSONAL
1.— NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2021, de la Consejera, por la que se modifica
la Resolución de 13 de noviembre de 2019 por la que se delega el ejercicio
de competencias en diversas materias, la firma de resoluciones y actos y se
establece el régimen de suplencias. (2021060938)
Mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En el mismo se atribuye a la Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda las competencias que en materia de infraestructuras viarias tenía atribuidas la
anterior Consejería de Economía e Infraestructuras, las de transporte asignadas a la anterior
Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, así como las competencias en materia de vivienda anteriormente ejercidas por la Consejería de Sanidad y Políticas
Sociales.
El Decreto 167/2019, de 29 de octubre, establece la estructura orgánica de la Consejería de
Movilidad, Transporte y Vivienda detallando las competencias y funciones atribuidas a los órganos directivos y administrativos de la misma.
Razones de eficacia y eficiencia así como de celeridad, aconsejaron, de un lado, delegar el
ejercicio de determinas competencias que me atribuye el ordenamiento jurídico en los órganos
directivos de la Consejería, de otro, la delegación de firma de algunos actos y resoluciones en
órganos administrativos, así como la delegación de la representación en el otorgamiento de
escrituras públicas y el establecimiento de un régimen de suplencia para los casos de vacante,
ausencia o enfermedad de las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería,
que quedó instrumentado mediante resolución de 13 de noviembre de 2019 publicada en el
DOE n.º 229, de 27 de noviembre, la cual fue modificada por Resolución de 24 de septiembre
de 2020, DOE n.º 190, de 30 de septiembre de 2020.
Circunstancias sobrevenidas durante la aplicación de la citada resolución hacen aconsejable
por las mismas razones de celeridad y eficacia, modificar el contenido de la delegación de la
representación para determinados actos notariales y registrales relacionados con actuaciones
sobre viviendas protegidas de promoción pública.