Anuncios. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública.- (2021080394)
Anuncio de 25 de marzo 2021 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FRV San Serván V", a realizar en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA20/1522.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021
17912
— Se instalará una subestación transformadora denominada “SUB2 San Serván V 220/30
kV”, a construir en el interior de los terrenos de la planta, en el polígono 70, parcelas 17
y 63 del término municipal de Mérida. La precitada subestación recepcionará la energía
producida por las siguientes instalaciones fotovoltaicas, objeto de otros proyectos: FRV
San Serván III (IA20/1519) y FRV San Serván IV (IA20/1521).
— Línea de evacuación subterránea de 220 kV, y 250 m de longitud, con origen en la subestación “SUB2 San Serván V 220/30 kV”, y final en la futura subestación denominada
“SUB1 San Serván 400/220 kV”, a construir en el polígono 69, parcelas 210, 211 y 12
del término municipal de Mérida, objeto de otro proyecto (IA20/1555).
El promotor del proyecto es FRV San Serván 5, SLU, con CIF número B-88291364 y domicilio
social en C/ María de Molina, 40, 5ª planta, 28006 Madrid.
El órgano competente para el otorgamiento de la autorización sustantiva es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos
de la calificación urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 25 de marzo de 2021. El Director General de Sostenibilidad, JESUS MORENO PEREZ.
Jueves, 8 de abril de 2021
17912
— Se instalará una subestación transformadora denominada “SUB2 San Serván V 220/30
kV”, a construir en el interior de los terrenos de la planta, en el polígono 70, parcelas 17
y 63 del término municipal de Mérida. La precitada subestación recepcionará la energía
producida por las siguientes instalaciones fotovoltaicas, objeto de otros proyectos: FRV
San Serván III (IA20/1519) y FRV San Serván IV (IA20/1521).
— Línea de evacuación subterránea de 220 kV, y 250 m de longitud, con origen en la subestación “SUB2 San Serván V 220/30 kV”, y final en la futura subestación denominada
“SUB1 San Serván 400/220 kV”, a construir en el polígono 69, parcelas 210, 211 y 12
del término municipal de Mérida, objeto de otro proyecto (IA20/1555).
El promotor del proyecto es FRV San Serván 5, SLU, con CIF número B-88291364 y domicilio
social en C/ María de Molina, 40, 5ª planta, 28006 Madrid.
El órgano competente para el otorgamiento de la autorización sustantiva es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos
de la calificación urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 25 de marzo de 2021. El Director General de Sostenibilidad, JESUS MORENO PEREZ.