Anuncios. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública.- (2021080377)
Anuncio de 25 de marzo de 2021 por el que se somete a información pública la revisión y la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales, cuyo titular es Alimentos Españoles Alsat, SL, en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 64
Miércoles, 7 de abril de 2021
17467
ANUNCIO de 25 de marzo de 2021 por el que se somete a información
pública la revisión y la solicitud de modificación sustancial de la autorización
ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales, cuyo titular es
Alimentos Españoles Alsat, SL, en el término municipal de Don Benito.
(2021080377)
Para dar cumplimiento a los artículos 10 y 26 del texto refundido de la Ley de prevención
y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, y a los artículos 16.4 y 15.5 del Reglamento de emisiones industriales
y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la
contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, se comunica al
público en general que la solicitud de revisión y modificación sustancial de la autorización
ambiental integrada (AAI) del proyecto de ampliación y mejora de la fábrica de conservas
vegetales, cuyo titular es Alimentos Españoles Alsat, SL, en el término municipal de Don Benito
(Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias
de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad, Avenida Luis Ramallo, s/n de Mérida.
El artículo 26.2 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación establece que, en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones
relativas a las mejores técnicas disponibles (MTD) referidas a la principal actividad de una
instalación, el órgano competente garantizará que se hayan revisado y, si fuera necesario,
adaptado todas las condiciones de la AAI de la instalación de que se trate, para garantizar el
cumplimiento de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en particular
de su artículo 7. En este sentido, con fecha 4 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario
Oficial de la Unión Europea, la Decisión 2019/2031/UE, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida
y leche, motivo por el cual se lleva a cabo este procedimiento de revisión de AAI.
Por otra parte, la solicitud de AAI ha sido remitida por la DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este
procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 11.3 de la Ley 16/2015,
Miércoles, 7 de abril de 2021
17467
ANUNCIO de 25 de marzo de 2021 por el que se somete a información
pública la revisión y la solicitud de modificación sustancial de la autorización
ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales, cuyo titular es
Alimentos Españoles Alsat, SL, en el término municipal de Don Benito.
(2021080377)
Para dar cumplimiento a los artículos 10 y 26 del texto refundido de la Ley de prevención
y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, y a los artículos 16.4 y 15.5 del Reglamento de emisiones industriales
y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la
contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, se comunica al
público en general que la solicitud de revisión y modificación sustancial de la autorización
ambiental integrada (AAI) del proyecto de ampliación y mejora de la fábrica de conservas
vegetales, cuyo titular es Alimentos Españoles Alsat, SL, en el término municipal de Don Benito
(Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias
de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad, Avenida Luis Ramallo, s/n de Mérida.
El artículo 26.2 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación establece que, en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones
relativas a las mejores técnicas disponibles (MTD) referidas a la principal actividad de una
instalación, el órgano competente garantizará que se hayan revisado y, si fuera necesario,
adaptado todas las condiciones de la AAI de la instalación de que se trate, para garantizar el
cumplimiento de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en particular
de su artículo 7. En este sentido, con fecha 4 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario
Oficial de la Unión Europea, la Decisión 2019/2031/UE, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida
y leche, motivo por el cual se lleva a cabo este procedimiento de revisión de AAI.
Por otra parte, la solicitud de AAI ha sido remitida por la DGS al correspondiente Ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en este
procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 11.3 de la Ley 16/2015,