Otras Resoluciones. Universidad De Extremadura. Enseñanza Universitaria.- (2021060898)
Resolución de 25 de marzo de 2021, del Rector, por la que se corrigen errores en la Resolución de 26 de octubre de 2020 por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de Evaluación de las Titulaciones Oficiales de Grado y Máster de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 62
16950
Lunes, 5 de abril de 2021
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2021, del Rector, por la que se corrigen
errores en la Resolución de 26 de octubre de 2020 por la que se ejecuta
el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la
Normativa de Evaluación de las Titulaciones Oficiales de Grado y Máster de
la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura. (2021060898)
Advertido error en la Resolución de 26 de octubre de 2020, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de
Evaluación de las Titulaciones Oficiales de Grado y Máster de la Universidad de Extremadura,
publicada en DOE el 3 de noviembre de 2020, se procede a la oportuna subsanación.
Artículo 6.3
Donde dice:
“El estudiante podrá solicitar al Decano/Director del Centro, cuando justifique circunstancias excepcionales, un adelanto de la convocatoria extraordinaria, salvo en las asignaturas
del segundo semestre de primera matrícula”.
Debe decir:
“El estudiante podrá solicitar al Decano/Director del Centro, cuando justifique circunstancias excepcionales, un adelanto extraordinario de convocatoria, salvo en las asignaturas
del segundo semestre de primera matrícula”.
Artículo 6.4 (primer párrafo)
Donde dice:
“Los estudiantes que deseen acogerse a cualquier adelanto de convocatoria extraordinaria
de una asignatura del segundo semestre harán constar, en la propia solicitud, la modalidad
de evaluación elegida para dicha asignatura, salvo en los supuestos siguientes”.
Debe decir:
“Los estudiantes que deseen acogerse a cualquier adelanto extraordinario de convocatoria
de una asignatura del segundo semestre harán constar, en la propia solicitud, la modalidad
de evaluación elegida para dicha asignatura, salvo en los supuestos siguientes”.
Badajoz, 25 de marzo de 2021.
El Rector,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA
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16950
Lunes, 5 de abril de 2021
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2021, del Rector, por la que se corrigen
errores en la Resolución de 26 de octubre de 2020 por la que se ejecuta
el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la
Normativa de Evaluación de las Titulaciones Oficiales de Grado y Máster de
la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura. (2021060898)
Advertido error en la Resolución de 26 de octubre de 2020, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa de
Evaluación de las Titulaciones Oficiales de Grado y Máster de la Universidad de Extremadura,
publicada en DOE el 3 de noviembre de 2020, se procede a la oportuna subsanación.
Artículo 6.3
Donde dice:
“El estudiante podrá solicitar al Decano/Director del Centro, cuando justifique circunstancias excepcionales, un adelanto de la convocatoria extraordinaria, salvo en las asignaturas
del segundo semestre de primera matrícula”.
Debe decir:
“El estudiante podrá solicitar al Decano/Director del Centro, cuando justifique circunstancias excepcionales, un adelanto extraordinario de convocatoria, salvo en las asignaturas
del segundo semestre de primera matrícula”.
Artículo 6.4 (primer párrafo)
Donde dice:
“Los estudiantes que deseen acogerse a cualquier adelanto de convocatoria extraordinaria
de una asignatura del segundo semestre harán constar, en la propia solicitud, la modalidad
de evaluación elegida para dicha asignatura, salvo en los supuestos siguientes”.
Debe decir:
“Los estudiantes que deseen acogerse a cualquier adelanto extraordinario de convocatoria
de una asignatura del segundo semestre harán constar, en la propia solicitud, la modalidad
de evaluación elegida para dicha asignatura, salvo en los supuestos siguientes”.
Badajoz, 25 de marzo de 2021.
El Rector,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA
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