Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060859)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de la planta solar fotovoltaica "Jerez 2020" de 11,98 MWp, a realizar en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz). Expte.: IA20/603.
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NÚMERO 62
Lunes, 5 de abril de 2021
16726
RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental
del proyecto de la planta solar fotovoltaica “Jerez 2020” de 11,98 MWp,
a realizar en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Expte.: IA 20/603. (2021060859)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación
ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la subsección 2.ª de
sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, a los efectos de determinar, mediante la
emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación
de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si
por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de
acuerdo con los criterios establecidos en el anexo X de la citada norma.
El proyecto de la planta solar fotovoltaica Jerez 2020 de 11,98 MWp y 28,26 ha de ocupación,
en el término municipal de Jerez de los Caballeros, se encuentra encuadrado en el anexo V,
grupo 4. i) de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es Alter Ernersun Jerez, SL, con CIF B-06756878 y domicilio social
en Edificio Badajoz siglo XXI, paseo fluvial, 15, planta 1, 06011, Badajoz (Badajoz).
El órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto es la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d.
del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización de los proyectos.
La finalidad de la instalación es la puesta en funcionamiento de un sistema de generación
eléctrica, mediante el empleo de energía solar fotovoltaica y su posterior conexión a la red de
energía eléctrica.
Lunes, 5 de abril de 2021
16726
RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental
del proyecto de la planta solar fotovoltaica “Jerez 2020” de 11,98 MWp,
a realizar en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
Expte.: IA 20/603. (2021060859)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación
ambiental simplificada, de conformidad con el procedimiento previsto en la subsección 2.ª de
sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, a los efectos de determinar, mediante la
emisión del informe de impacto ambiental, si el proyecto debe someterse a una evaluación
de impacto ambiental ordinaria, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente, o si
por el contrario no es necesario dicho procedimiento en base a la ausencia de esos efectos, de
acuerdo con los criterios establecidos en el anexo X de la citada norma.
El proyecto de la planta solar fotovoltaica Jerez 2020 de 11,98 MWp y 28,26 ha de ocupación,
en el término municipal de Jerez de los Caballeros, se encuentra encuadrado en el anexo V,
grupo 4. i) de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es Alter Ernersun Jerez, SL, con CIF B-06756878 y domicilio social
en Edificio Badajoz siglo XXI, paseo fluvial, 15, planta 1, 06011, Badajoz (Badajoz).
El órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto es la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d.
del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización de los proyectos.
La finalidad de la instalación es la puesta en funcionamiento de un sistema de generación
eléctrica, mediante el empleo de energía solar fotovoltaica y su posterior conexión a la red de
energía eléctrica.