Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe.- (2021060894)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Consejera, por la que se aprueba el Programa de acción selectiva de ungulados en el Parque Nacional de Monfragüe.
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NÚMERO 62
16752
Lunes, 5 de abril de 2021
Cuarto. El artículo 3, letra b), del Decreto 106/2007, 22 de mayo, por el que se regula la
organización y funcionamiento del Parque Nacional de Monfragüe, establece que corresponde
al Consejero con competencias en materia de Medio Ambiente: “Aprobar los planes sectoriales
que, en su caso, desarrollen el Plan Rector de Uso y Gestión”.
El artículo 4, letra b), del mismo decreto establece que corresponde al Director General con
competencias en materia de espacios naturales protegidos: “Elaborar y elevar al Consejero
para su aprobación los Planes sectoriales que, en su caso, desarrollen el Plan Rector de Uso
y Gestión”.
De conformidad con lo previsto en el Decreto 16/2019, del Presidente, de 1 de julio, por
el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que
conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponden en
la actualidad a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad las competencias
en materia de conservación de la naturaleza y áreas protegidas. Por su parte, el Decreto
170/2019 de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería,
asigna las citadas competencias a la Dirección General de Sostenibilidad.
Por su parte, el artículo 11 de la Ley 1/2007, 2 de marzo, atribuye al Patronato del Parque
Nacional de Monfragüe, como órgano consultivo y de participación de la sociedad en el Parque, adscrito a la Consejería con competencias en materia de medio ambiente de la Junta
de Extremadura, entre sus funciones,: “c) Informar el Plan Rector de Uso y Gestión y sus
modificaciones, así como los planes de trabajo e inversiones o cualquier desarrollo sectorial
derivados de los mismos”.
En virtud de lo anterior, vistos la propuesta de la Dirección General de Sostenibilidad y el
informe del Patronato del Parque Nacional de Monfragüe emitido en sesión celebrada el día 4
de marzo de 2021.
RESUELVO
Primero. Aprobar el Programa de Acción Selectiva de ungulados en el Parque Nacional de
Monfragüe, con una vigencia de un año desde la firma de la presente resolución y cuyo contenido se recoge en el anexo a la misma.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución y de su anexo en el Diario Oficial de
Extremadura, en el Portal de la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura y en la página web extremambiente.gobex.es.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso de reposición ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
16752
Lunes, 5 de abril de 2021
Cuarto. El artículo 3, letra b), del Decreto 106/2007, 22 de mayo, por el que se regula la
organización y funcionamiento del Parque Nacional de Monfragüe, establece que corresponde
al Consejero con competencias en materia de Medio Ambiente: “Aprobar los planes sectoriales
que, en su caso, desarrollen el Plan Rector de Uso y Gestión”.
El artículo 4, letra b), del mismo decreto establece que corresponde al Director General con
competencias en materia de espacios naturales protegidos: “Elaborar y elevar al Consejero
para su aprobación los Planes sectoriales que, en su caso, desarrollen el Plan Rector de Uso
y Gestión”.
De conformidad con lo previsto en el Decreto 16/2019, del Presidente, de 1 de julio, por
el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que
conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponden en
la actualidad a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad las competencias
en materia de conservación de la naturaleza y áreas protegidas. Por su parte, el Decreto
170/2019 de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería,
asigna las citadas competencias a la Dirección General de Sostenibilidad.
Por su parte, el artículo 11 de la Ley 1/2007, 2 de marzo, atribuye al Patronato del Parque
Nacional de Monfragüe, como órgano consultivo y de participación de la sociedad en el Parque, adscrito a la Consejería con competencias en materia de medio ambiente de la Junta
de Extremadura, entre sus funciones,: “c) Informar el Plan Rector de Uso y Gestión y sus
modificaciones, así como los planes de trabajo e inversiones o cualquier desarrollo sectorial
derivados de los mismos”.
En virtud de lo anterior, vistos la propuesta de la Dirección General de Sostenibilidad y el
informe del Patronato del Parque Nacional de Monfragüe emitido en sesión celebrada el día 4
de marzo de 2021.
RESUELVO
Primero. Aprobar el Programa de Acción Selectiva de ungulados en el Parque Nacional de
Monfragüe, con una vigencia de un año desde la firma de la presente resolución y cuyo contenido se recoge en el anexo a la misma.
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución y de su anexo en el Diario Oficial de
Extremadura, en el Portal de la Transparencia y la Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura y en la página web extremambiente.gobex.es.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso de reposición ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,