Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060837)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Garrido Martín, en el término municipal de Carcaboso (Cáceres).
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NÚMERO 60
16376
Martes, 30 de marzo de 2021
3. La gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad (DGS).
4. J unto con el certificado final de obra el titular de la instalación deberá indicar a esta DGS
qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos de conformidad con la Ley
22/2011, de residuos y suelos contaminados, se harán cargo de los residuos generados
por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos
asimilables a urbanos. Éstos deberán estar registrados como Gestores de Residuos según
corresponda.
5. Queda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.
6. La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009
por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y
los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (CE) n.º
142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará que el almacenamiento
de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera del recinto de la instalación.
- c - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de las emisiones
contaminantes a la atmósfera
Los contaminantes emitidos a la atmósfera y sus respectivos focos de emisión serán los
siguientes:
CONTAMINANTE
ORIGEN
N 2O
Almacenamientos exteriores de estiércoles
NH3
CH4
Volatilización en el estabulamiento
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Volatilización en el estabulamiento
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Dado el marcado carácter difuso de las emisiones de estos contaminantes y, por tanto, la
enorme dificultad existente en el control de las emisiones mediante valores límite de emisión
se sustituyen por la obligada aplicación de mejores técnicas disponibles.
16376
Martes, 30 de marzo de 2021
3. La gestión y generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados b.1 o b.2,
deberá ser comunicada a esta Dirección General de Sostenibilidad (DGS).
4. J unto con el certificado final de obra el titular de la instalación deberá indicar a esta DGS
qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos de conformidad con la Ley
22/2011, de residuos y suelos contaminados, se harán cargo de los residuos generados
por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo los residuos
asimilables a urbanos. Éstos deberán estar registrados como Gestores de Residuos según
corresponda.
5. Queda expresamente prohibida la mezcla de los residuos generados entre sí o con otros
residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen, disponiéndose de los medios
de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para evitar dichas mezclas.
6. La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009
por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y
los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (CE) n.º
142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará que el almacenamiento
de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera del recinto de la instalación.
- c - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de las emisiones
contaminantes a la atmósfera
Los contaminantes emitidos a la atmósfera y sus respectivos focos de emisión serán los
siguientes:
CONTAMINANTE
ORIGEN
N 2O
Almacenamientos exteriores de estiércoles
NH3
CH4
Volatilización en el estabulamiento
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Volatilización en el estabulamiento
Almacenamientos exteriores de estiércoles
Dado el marcado carácter difuso de las emisiones de estos contaminantes y, por tanto, la
enorme dificultad existente en el control de las emisiones mediante valores límite de emisión
se sustituyen por la obligada aplicación de mejores técnicas disponibles.