Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Educación.- (2021040019)
Decreto 18/2021, de 24 de marzo, por el que se modifica el Decreto 28/2016, de 8 de marzo, por el que se establece el currículo del título de Técnico Superior en Animaciones 3 D, Juegos y Entornos Interactivos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 60
Martes, 30 de marzo de 2021

16302

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
DECRETO 18/2021, de 24 de marzo, por el que se modifica el Decreto
28/2016, de 8 de marzo, por el que se establece el currículo del título de
Técnico Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2021040019)
El Real Decreto 1583/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título en Técnico
Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos, y fija sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 301, de 15 de diciembre). En el mismo se establecen, la contribución a la
competencia general y a las competencias profesionales, personales y sociales, los objetivos
expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación, y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo.
El Decreto 28/2016, de 8 de marzo, establece el currículo del título de Técnico Superior en
Animación 3D, Juegos y Entornos Interactivos en la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 50, de 14 de marzo) y concreta en este ámbito territorial, lo establecido en el Real
Decreto 1583/2011, de 4 de noviembre. Los módulos profesionales que constituyen este ciclo formativo son los incluidos en el Real Decreto 1583/2011 y se relacionan en el artículo 3.
Asimismo los contenidos se incluyen en el anexo I de este decreto.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, señala en el apartado 7 del
artículo 104, dedicado a la oferta de formación profesional, “las enseñanzas de formación
profesional podrán ofertarse en modalidad presencial, semipresencial o, en su caso, a distancia. La oferta de estas dos últimas modalidades se realizará de forma modular y permitirá al
alumnado conciliar su formación con la actividad laboral”.
A este respecto, el Decreto 28/2016, de 8 de marzo, contempla en su disposición adicional segunda “los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán
ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados
de aprendizaje de los mismos. En el anexo V se recogen los módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia, así como su modalidad”. En el mismo se establecen para este
ciclo formativo la impartición de unos módulos en la modalidad teleformación on line y otros
módulos en modalidad semipresencial.
Mediante Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Consejería de Educación y Empleo, se
dispone la implantación de enseñanzas en centros docentes públicos no universitarios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2020-2021, derivada del Plan para la
Formación Profesional, el crecimiento económico y social y la empleabilidad (DOE n.º 156, de
12 de agosto).