Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060814)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística de Extremadura, en materia de estadística.
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NÚMERO 59
16210
Lunes, 29 de marzo de 2021
La Comunidad Autónoma será responsable frente la TGSS y frente a terceros de cualquier
reclamación derivada del uso indebido que se haga por los usuarios de los datos cedidos, eximiendo a la TGSS de cualquier responsabilidad a este respecto. La TGSS podrá repetir contra
la Comunidad Autónoma por cualquier indemnización que deba satisfacer derivado de dicho
incumplimiento.
Séptima. Régimen Jurídico.
El presente convenio tiene carácter interadministrativo, y se rige por lo dispuesto en los artículos 47 a 53 del Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
En defecto de acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, las
cuestiones litigiosas que pudieran continuar sobre la interpretación y ejecución del Convenio
serán resueltas conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con expresa sumisión de las partes a dicha jurisdicción en caso de conflicto.
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente documento, en la fecha
indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento
la fecha del último firmante. En Madrid.
El Director General
El Director del Instituto ISM.
de la TGSS,
P.V. La S.G. De Seguridad Social
de los Trabajadores del Mar,
(Artículo 7.2 del R.D. 504/2011, de 8 de abril),
D. ANDRÉS HARTO MARTÍNEZ
D.ª ELENA MARTÍNEZ CARQUES
El Director del IEEX.
(P.D. Res. de 12 de agosto de 2019,
DOE. Núm. 158, de 16 de agosto)
El Secretario General de Economía
y Comercio,
D. ANTONIO RUIZ ROMERO
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Lunes, 29 de marzo de 2021
La Comunidad Autónoma será responsable frente la TGSS y frente a terceros de cualquier
reclamación derivada del uso indebido que se haga por los usuarios de los datos cedidos, eximiendo a la TGSS de cualquier responsabilidad a este respecto. La TGSS podrá repetir contra
la Comunidad Autónoma por cualquier indemnización que deba satisfacer derivado de dicho
incumplimiento.
Séptima. Régimen Jurídico.
El presente convenio tiene carácter interadministrativo, y se rige por lo dispuesto en los artículos 47 a 53 del Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
En defecto de acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento, las
cuestiones litigiosas que pudieran continuar sobre la interpretación y ejecución del Convenio
serán resueltas conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con expresa sumisión de las partes a dicha jurisdicción en caso de conflicto.
En prueba de conformidad, las partes implicadas firman el presente documento, en la fecha
indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento
la fecha del último firmante. En Madrid.
El Director General
El Director del Instituto ISM.
de la TGSS,
P.V. La S.G. De Seguridad Social
de los Trabajadores del Mar,
(Artículo 7.2 del R.D. 504/2011, de 8 de abril),
D. ANDRÉS HARTO MARTÍNEZ
D.ª ELENA MARTÍNEZ CARQUES
El Director del IEEX.
(P.D. Res. de 12 de agosto de 2019,
DOE. Núm. 158, de 16 de agosto)
El Secretario General de Economía
y Comercio,
D. ANTONIO RUIZ ROMERO
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