Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura. Pruebas Selectivas.- (2021060826)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Presidencia, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de un Doctor para la realización de tareas de investigación en materia de calidad del corcho.
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NÚMERO 59
Lunes, 29 de marzo de 2021
16156
cipación o copia del resumen y de la(s) página(s) del índice de las actas del congreso donde
figure la ponencia prestada y autor/es.
Las actividades de formación se acreditarán mediante certificación académica, que incluya
nombre y apellidos del doctor, título de la tesis, director(es), fecha de lectura y, en su caso,
mención de doctorado europeo y/o premio extraordinario.
La acreditación de otros trabajos de investigación se acreditarán mediante certificado expedido por el Director/Decano, Secretario u otra autoridad del Centro que tenga delegada esta
capacidad, en el que se especifique el título del trabajo y fecha.
Los contratos posdoctorales se acreditarán mediante certificado con la correspondiente firma
original del representante legal de la Universidad o centro en el que se realizó la estancia
postdoctoral con indicación expresa de la ficha de inicio y la finalización de la misma.
Las actividades de movilidad se acreditarán mediante copia de la concesión, en su caso, de
la ayuda de la estancia de la entidad financiadora, en la que se especifique el destino y la
duración o mediante copia de la carta del centro receptor, en la que se constate la estancia y
el período temporal.
Los demás méritos relevantes de investigación se acreditarán mediante los documentos pertinentes, siguiendo las pautas generales incluidas en los apartados anteriores.
La calificación de los aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes apartados
del baremo de esta primera fase del concurso se hará mediante deliberación conjunta de los
miembros del Tribunal de Selección, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante
de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dichas calificaciones deberán
justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales mediante la formulación por
escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones asignadas
por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y la más baja, y
sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase de concurso vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los anteriores apartados, siendo
necesario alcanzar 20 puntos, como mínimo, para pasar a la segunda fase.
En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase de concurso podrá aplicarse para
superar la segunda fase del proceso selectivo.
Lunes, 29 de marzo de 2021
16156
cipación o copia del resumen y de la(s) página(s) del índice de las actas del congreso donde
figure la ponencia prestada y autor/es.
Las actividades de formación se acreditarán mediante certificación académica, que incluya
nombre y apellidos del doctor, título de la tesis, director(es), fecha de lectura y, en su caso,
mención de doctorado europeo y/o premio extraordinario.
La acreditación de otros trabajos de investigación se acreditarán mediante certificado expedido por el Director/Decano, Secretario u otra autoridad del Centro que tenga delegada esta
capacidad, en el que se especifique el título del trabajo y fecha.
Los contratos posdoctorales se acreditarán mediante certificado con la correspondiente firma
original del representante legal de la Universidad o centro en el que se realizó la estancia
postdoctoral con indicación expresa de la ficha de inicio y la finalización de la misma.
Las actividades de movilidad se acreditarán mediante copia de la concesión, en su caso, de
la ayuda de la estancia de la entidad financiadora, en la que se especifique el destino y la
duración o mediante copia de la carta del centro receptor, en la que se constate la estancia y
el período temporal.
Los demás méritos relevantes de investigación se acreditarán mediante los documentos pertinentes, siguiendo las pautas generales incluidas en los apartados anteriores.
La calificación de los aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes apartados
del baremo de esta primera fase del concurso se hará mediante deliberación conjunta de los
miembros del Tribunal de Selección, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante
de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dichas calificaciones deberán
justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales mediante la formulación por
escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones asignadas
por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y la más baja, y
sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase de concurso vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los anteriores apartados, siendo
necesario alcanzar 20 puntos, como mínimo, para pasar a la segunda fase.
En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase de concurso podrá aplicarse para
superar la segunda fase del proceso selectivo.