Anuncios. Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Información Pública.- (2021AC0014)
Acuerdo de 22 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por el que se procede a la apertura de los trámites de audiencia e información pública sobre el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las subvenciones de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
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NÚMERO 59
16260
Lunes, 29 de marzo de 2021
V
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ACUERDO de 22 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por el que se
procede a la apertura de los trámites de audiencia e información pública
sobre el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 30 de junio
de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones
de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
(2021AC0014)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo
133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y a efecto de garantizar el derecho de los ciudadanos a participar
en la elaboración de disposiciones de carácter general, esta Secretaría General
ACUERDA
La apertura de los trámites de audiencia e información pública sobre el proyecto de Orden por
la que se modifica la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
La audiencia e información pública tienen por objeto recabar la opinión de las personas titulares de derechos e intereses legítimos afectados por el proyecto normativo o de las organizaciones o asociaciones que las agrupen o representen, cuyos fines guarden relación directa
con el objeto de la disposición, y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar
otras personas o entidades.
Particularmente, se dará audiencia al Consejo Asesor de Vivienda de Extremadura, órgano
consultivo y de asesoramiento de la Junta de Extremadura en materia de vivienda y representativo de los distintos agentes sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las aportaciones podrán efectuarse durante un plazo de 7 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, a través
del buzón de correo electrónico: dgvivienda.mtv@juntaex.es
16260
Lunes, 29 de marzo de 2021
V
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ACUERDO de 22 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por el que se
procede a la apertura de los trámites de audiencia e información pública
sobre el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 30 de junio
de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones
de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
(2021AC0014)
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo
133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y a efecto de garantizar el derecho de los ciudadanos a participar
en la elaboración de disposiciones de carácter general, esta Secretaría General
ACUERDA
La apertura de los trámites de audiencia e información pública sobre el proyecto de Orden por
la que se modifica la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
La audiencia e información pública tienen por objeto recabar la opinión de las personas titulares de derechos e intereses legítimos afectados por el proyecto normativo o de las organizaciones o asociaciones que las agrupen o representen, cuyos fines guarden relación directa
con el objeto de la disposición, y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar
otras personas o entidades.
Particularmente, se dará audiencia al Consejo Asesor de Vivienda de Extremadura, órgano
consultivo y de asesoramiento de la Junta de Extremadura en materia de vivienda y representativo de los distintos agentes sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las aportaciones podrán efectuarse durante un plazo de 7 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, a través
del buzón de correo electrónico: dgvivienda.mtv@juntaex.es