Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo.- (2021050032)
Orden de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo.
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NÚMERO 58
Viernes, 26 de marzo de 2021
16031
Artículo 2. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo II para la modificación de los puestos
de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 3. Amortización de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la
Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo III para la amortización de los
puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 4. Creación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo IV para la creación de los puestos de
trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 5. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo V para la modificación de los puestos
de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 6. Amortización de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo VI para la amortización de los puestos
de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 7. Efectos.
La presente orden surtirá efectos el primer día del mes siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Artículo 8. Impugnación.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el
Diario Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
Viernes, 26 de marzo de 2021
16031
Artículo 2. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo II para la modificación de los puestos
de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 3. Amortización de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la
Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo III para la amortización de los
puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 4. Creación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo IV para la creación de los puestos de
trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 5. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo V para la modificación de los puestos
de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 6. Amortización de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo, según figura en el anexo VI para la amortización de los puestos
de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 7. Efectos.
La presente orden surtirá efectos el primer día del mes siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Artículo 8. Impugnación.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el
Diario Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de