Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo.- (2021050032)
Orden de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo.
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NÚMERO 58
Viernes, 26 de marzo de 2021
16029
ORDEN de 22 de marzo de 2021 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Educación y Empleo. (2021050032)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos “no son un acto ordenador, sino un
acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza, ordenando un elemento
de su estructura como es el del personal integrado en ella”.
Mediante la presente modificación de relación de puestos de personal funcionario se procede,
atendiendo a la demanda surgida durante el desarrollo de la actividad llevada a cabo en el
sector educativo, uno de los ejes esenciales sobre los que gira el Estado Social, a la creación
y modificación de diversos puestos que permiten satisfacer las necesidades de los servicios
públicos prestados.
De este modo, se refuerza, entre otros aspectos, el cada vez más complejo sistema de redes
y comunicaciones que da servicio al conjunto de centros educativos, así como se dota de recursos adecuados la gestión llevada a cabo por el área de contratación de obras, servicios y
suministros de la Consejería, gestora de una red de más de 800 centros de trabajo, que está
experimentando un crecimiento en el volumen de actividad y una progresiva complejidad en
los servicios que presta.
Viernes, 26 de marzo de 2021
16029
ORDEN de 22 de marzo de 2021 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Educación y Empleo. (2021050032)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Por su parte, reciente jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo ha venido a señalar que las relaciones de puestos “no son un acto ordenador, sino un
acto ordenado, mediante el que la Administración se auto-organiza, ordenando un elemento
de su estructura como es el del personal integrado en ella”.
Mediante la presente modificación de relación de puestos de personal funcionario se procede,
atendiendo a la demanda surgida durante el desarrollo de la actividad llevada a cabo en el
sector educativo, uno de los ejes esenciales sobre los que gira el Estado Social, a la creación
y modificación de diversos puestos que permiten satisfacer las necesidades de los servicios
públicos prestados.
De este modo, se refuerza, entre otros aspectos, el cada vez más complejo sistema de redes
y comunicaciones que da servicio al conjunto de centros educativos, así como se dota de recursos adecuados la gestión llevada a cabo por el área de contratación de obras, servicios y
suministros de la Consejería, gestora de una red de más de 800 centros de trabajo, que está
experimentando un crecimiento en el volumen de actividad y una progresiva complejidad en
los servicios que presta.