Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo.- (2021050031)
Orden de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 58
Viernes, 26 de marzo de 2021
16026
de trabajo es el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería
de Hacienda y Administración Pública aprobar las modificaciones puntuales de las referidas
relaciones de puestos de trabajo en los supuestos que se determinan en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado
decreto.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que
se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de
puestos de trabajo; siendo además requisitos de la tramitación el estudio e informe previos
de la Comisión Técnica a que se refiere el artículo 5 del referido texto legal y la negociación
con las Centrales Sindicales en aquellas materias que sean objeto de negociación colectiva
conforme a la normativa vigente.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 94/1998, de 21 de julio, seguido
el procedimiento señalado en el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen
criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo,
habiendo sido objeto de negociación en la mesa correspondiente de la Junta de Extremadura,
con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, según figura en el anexo para la modificación
de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 2. Efectos
La presente orden surtirá efectos el primer día del mes siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Artículo 3. Impugnación.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Con-
Viernes, 26 de marzo de 2021
16026
de trabajo es el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería
de Hacienda y Administración Pública aprobar las modificaciones puntuales de las referidas
relaciones de puestos de trabajo en los supuestos que se determinan en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado
decreto.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que
se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de
puestos de trabajo; siendo además requisitos de la tramitación el estudio e informe previos
de la Comisión Técnica a que se refiere el artículo 5 del referido texto legal y la negociación
con las Centrales Sindicales en aquellas materias que sean objeto de negociación colectiva
conforme a la normativa vigente.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 94/1998, de 21 de julio, seguido
el procedimiento señalado en el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen
criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo,
habiendo sido objeto de negociación en la mesa correspondiente de la Junta de Extremadura,
con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el alcance económico de los cambios y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, según figura en el anexo para la modificación
de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Artículo 2. Efectos
La presente orden surtirá efectos el primer día del mes siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Artículo 3. Impugnación.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Con-