Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. Relación De Aprobados.- (2021060804)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en la especialidad de Urología del proceso selectivo convocado por Resolución de 28 de octubre de 2019, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 57
15796
Jueves, 25 de marzo de 2021
ficación negativa del Registro Central de Delincuentes sexuales prevista anteriormente,
los aspirantes que tenga otra nacionalidad distinta a la española y aquellos que gozaran
de doble nacionalidad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido
al castellano y legalizado de acuerdo con los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de
15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos
señalados anteriormente, se podrá acreditar, que se reúnen los requisitos exigidos en la
convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Tercero. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido anteriormente, no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho a ser
nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en su solicitud.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente de
conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Con carácter potestativo podrá interponerse
recurso de reposición previo ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que
el interesado puede ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 15 de marzo de 2021.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO
15796
Jueves, 25 de marzo de 2021
ficación negativa del Registro Central de Delincuentes sexuales prevista anteriormente,
los aspirantes que tenga otra nacionalidad distinta a la española y aquellos que gozaran
de doble nacionalidad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido
al castellano y legalizado de acuerdo con los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de
15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos
señalados anteriormente, se podrá acreditar, que se reúnen los requisitos exigidos en la
convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Tercero. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido anteriormente, no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho a ser
nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en su solicitud.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente de
conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Con carácter potestativo podrá interponerse
recurso de reposición previo ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que
el interesado puede ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 15 de marzo de 2021.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO