Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060815)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto instalación solar fotovoltaica "Talayuela II" de 49 MW, en el término municipal de Talayuela. Expte.: IA 20/0160.
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NÚMERO 57
15960
Jueves, 25 de marzo de 2021
5. La declaración de impacto ambiental del proyecto o actividad perderá su vigencia y cesará
en la producción de sus efectos que le son propios si, una vez publicada en el Diario Oficial
de Extremadura, no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto o actividad en el plazo
de cuatro años.
6. L
a presente declaración de impacto ambiental se remitirá al Diario Oficial de Extremadura
para su publicación así como la sede electrónica del órgano ambiental.
En consecuencia, vistos el estudio de impacto ambiental y los informes incluidos en el expediente; la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y demás legislación aplicable, la Dirección General de Sostenibilidad, a la vista
de la propuesta del Coordinador de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, formula declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto instalación solar fotovoltaica “Talayuela II” de 49 MW, en el término municipal de Talayuela, al concluirse que no es previsible que la
realización del proyecto produzca efectos significativos en el medio ambiente siempre que se
cumplan las condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en la
presente declaración de impacto ambiental y en la documentación ambiental presentada por
el promotor siempre que no entren en contradicción con las anteriores.
Mérida, 15 de marzo de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ
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15960
Jueves, 25 de marzo de 2021
5. La declaración de impacto ambiental del proyecto o actividad perderá su vigencia y cesará
en la producción de sus efectos que le son propios si, una vez publicada en el Diario Oficial
de Extremadura, no se hubiera comenzado la ejecución del proyecto o actividad en el plazo
de cuatro años.
6. L
a presente declaración de impacto ambiental se remitirá al Diario Oficial de Extremadura
para su publicación así como la sede electrónica del órgano ambiental.
En consecuencia, vistos el estudio de impacto ambiental y los informes incluidos en el expediente; la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y demás legislación aplicable, la Dirección General de Sostenibilidad, a la vista
de la propuesta del Coordinador de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, formula declaración de impacto ambiental favorable para el proyecto instalación solar fotovoltaica “Talayuela II” de 49 MW, en el término municipal de Talayuela, al concluirse que no es previsible que la
realización del proyecto produzca efectos significativos en el medio ambiente siempre que se
cumplan las condiciones y medidas preventivas, correctoras y compensatorias recogidas en la
presente declaración de impacto ambiental y en la documentación ambiental presentada por
el promotor siempre que no entren en contradicción con las anteriores.
Mérida, 15 de marzo de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ
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