Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060815)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto instalación solar fotovoltaica "Talayuela II" de 49 MW, en el término municipal de Talayuela. Expte.: IA 20/0160.
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NÚMERO 57
Jueves, 25 de marzo de 2021

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La afección sobre el paisaje durante la fase de construcción es la producida por la presencia
de la maquinaria, vehículos pesados, casetas de obras, etc. Una vez concluidas las obras esta
afección desaparece.
Durante la fase de funcionamiento, la mayor incidencia viene dada por la presencia de la propia planta y la línea de evacuación, al introducir un elemento artificial sobre el paisaje actual.
Para mitigar el impacto producido por la aparición del conjunto del proyecto, se adoptarán
medidas correctoras como la plantación de una pantalla vegetal a lo largo del vallado.
– Patrimonio arqueológico.
Se realizó un estudio de prospecciones arqueológicas, por técnicos especializados, para determinar la presencia de restos arqueológicos en las parcelas del proyecto.
Según el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, el
informe arqueológico INT/2018/074, en el que se detallan los resultados de la prospección arqueológica intensiva, para el proyecto de planta solar fotovoltaica denominada “Talayuela II”,
dio negativo en cuanto a la presencia de estructuras arqueológicas, no obstante, dada la amplitud de la obra y la dificultad, debido a la densa vegetación, para realizar convenientemente
la prospección, se deben seguir las medidas indicadas por la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural en su informe de 25 de febrero de 2021.
– Vías pecuarias.
Según el informe emitido por el Servicio de Infraestructuras Rurales, la planta fotovoltaica no
afecta a vías pecuarias, sin embargo su línea de evacuación, afecta al dominio de vías pecuarias, sobrevolando perpendicularmente la Cañada Real de las Merinas.
En todo caso, cualquier actuación en terrenos pertenecientes a vías pecuarias deberá contar
con las correspondientes autorizaciones del Servicio de Infraestructuras Rurales de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, con el fin de ordenar este bien de dominio público y facilitar los usos tradicionales de las mismas, así como los
complementarios que considera la legislación vigente.
– Población y Medio socioeconómico
Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población por el incremento
de los niveles de ruido, movimientos de tierra, tránsito de maquinaria y vehículos, emisiones
atmosféricas y disminución de la permeabilidad territorial durante las obras, entre otros.