Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados.- (2021060802)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en categorías de Médico/a de Urgencia Hospitalaria y Médico/a de Admisión y Documentación Clínica en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 57
Jueves, 25 de marzo de 2021

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tud, su oposición a que el órgano instructor compruebe de oficio los datos de identidad personal mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI)
dependiente del Ministerio prestador de dicho servicio.
1.1. Para el personal que participa desde la situación administrativa de excedencia
voluntaria:


a) Declaración de no haber sido separado del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni de estar inhabilitado para el desempeño de
funciones públicas, sólo en aquellos casos en que el personal procediera de
la situación de excedencia voluntaria contemplada en los apartados a) y c)
del artículo 67 del Estatuto Marco.



b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en el
supuesto de que manifieste su oposición a que Administración lo recabe de
oficio, marcando la casilla correspondiente en el anexo III de solicitud, con
objeto de que la Administración compruebe que carece de antecedentes
penales respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley
Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

1.2. Para aquellos concursantes que procedan de la situación de suspenso impuesta
como consecuencia de sentencia firme condenatoria, acompañarán a la solicitud de participación en el concurso testimonio de la autoridad judicial sobre el
cumplimiento de la pena impuesta.
1.3. E
 l personal funcionario o laboral fijo afectado por el proceso de estatutarización
que no se haya integrado, podrá optar por estatutarizarse debiendo aportar
además de la opción de estatutarización que figura como anexo IV, la titulación
requerida para el acceso a la categoría en que corresponda integrarse según
las tablas de homologaciones que figuran como anexo II del Decreto 203/2006
y como anexo I del Decreto 43/2014, así como las certificaciones referidas en
los artículos 3.8.2. del Decreto 203/2006 y en el artículo 4.2.c) del Decreto
43/2014 y que se reproduce como anexo V de esta resolución. También deberán
aportar copia auténtica del nombramiento como funcionario o laboral fijo.
2. Para el personal procedente de otros Servicios de Salud, deberán aportar la siguiente
documentación en función de la situación administrativa desde la que participa:
2.1. Para el personal que se encuentra en la situación de servicio activo o en otras
situaciones que conlleven reserva de plaza: