Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (Suplemento DOE). (2021060786)
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, para actividad dedicada a la fabricación y comercialización de piensos y comercialización de cereales, semillas y leguminosas a granel, con o sin limpiado previo promovido por Piensos y Cereales Hermanos Cañadas, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021



15639

a) Entre el contenido del registro de residuos no peligrosos deberá constar la cantidad,
naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.



b) El contenido del registro, en lo referente a residuos peligrosos, deberá ajustarse a
lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos
tóxicos y peligrosos.

2. En su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su
valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el
documento de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
3. 
Asimismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de
aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización
o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y
destino de los residuos por un periodo de cinco años.
Combustible
4. A
 fin de controlar las posibles fugas de contaminantes, principalmente al suelo o las
aguas subterráneas, deberá llevarse un registro, físico o telemático, de los combustibles
adquiridos, que incluya información relativa a fechas, cantidades e identificación del
combustible.
- h - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que
puedan afectar al medio ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU o incidencias ambientales,
el titular de la instalación industrial deberá:


a) Comunicarlo a la DGS en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,
sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.

b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el
plazo más breve posible y para evitar la repetición del incidente.
2. E
 l titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y
medidas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones
en la calidad del medio ambiente.