Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (Suplemento DOE). (2021060806)
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de Explotaciones Porcinas El Berrocal, SL, en el término municipal de Mérida, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15613
puntos descritos para esta MTD en la Decisión de Ejecución 2017/302/UE y deberá estar
implantado en la granja.
1.2. B
uenas prácticas ambientales.
MTD 2. Para evitar o reducir el impacto ambiental y mejorar el comportamiento global, la MTD
consiste en utilizar las siguientes técnicas:
a. Ubicación adecuada de la nave/explotación y disposición espacial de las actividades.
b. Educar y formar al personal. La empresa deberá contar con documentación que
acredite la formación del personal. Este requisito quedará integrado dentro de los
requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
c.
Establecer un plan de emergencia para hacer frente a emisiones e incidentes
imprevistos, como la contaminación de masas de agua. La empresa deberá contar
con un plan de emergencia suscrito por técnico competente y por el titular de la
instalación que desarrolle los puntos del apartado presente de la MTD2. Este requisito
quedará integrado dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
d. Comprobar periódicamente, reparar y mantener equipos y estructuras. La empresa
deberá justificar mediante la implantación de un registro que contemple al menos el
almacenamiento y transporte de purines y estiércoles, las conducciones de purines,
los equipos de limpieza y desinfección, los equipos de transporte de pienso y reparto
de agua y las arquetas de tuberías de purines. La periodicidad de las comprobaciones
no podrá ser superior a un año. Este requisito quedará integrado dentro de los
requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
e. Almacenar los animales muertos de forma que se eviten o reduzcan las emisiones.
Los subproductos animales se almacenarán en contenedores estancos con tapadera,
fuera del recinto de la explotación. El almacenamiento deberá cumplir los requisitos
que establece la normativa referente a SANDACH.
1.3. G
estión nutricional.
MTD 3. Para reducir el nitrógeno total excretado y, por ende, las emisiones de amoniaco,
satisfaciendo al mismo tiempo las necesidades nutricionales de los animales, la MTD consiste
en utilizar una estrategia de alimentación y una formulación del pienso que incluyan las
técnicas indicadas a continuación:
b. Alimentación multifases con una formulación del pienso adaptada a las necesidades
específicas del período productivo. El pienso suministrado es distinto en función del
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15613
puntos descritos para esta MTD en la Decisión de Ejecución 2017/302/UE y deberá estar
implantado en la granja.
1.2. B
uenas prácticas ambientales.
MTD 2. Para evitar o reducir el impacto ambiental y mejorar el comportamiento global, la MTD
consiste en utilizar las siguientes técnicas:
a. Ubicación adecuada de la nave/explotación y disposición espacial de las actividades.
b. Educar y formar al personal. La empresa deberá contar con documentación que
acredite la formación del personal. Este requisito quedará integrado dentro de los
requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
c.
Establecer un plan de emergencia para hacer frente a emisiones e incidentes
imprevistos, como la contaminación de masas de agua. La empresa deberá contar
con un plan de emergencia suscrito por técnico competente y por el titular de la
instalación que desarrolle los puntos del apartado presente de la MTD2. Este requisito
quedará integrado dentro de los requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
d. Comprobar periódicamente, reparar y mantener equipos y estructuras. La empresa
deberá justificar mediante la implantación de un registro que contemple al menos el
almacenamiento y transporte de purines y estiércoles, las conducciones de purines,
los equipos de limpieza y desinfección, los equipos de transporte de pienso y reparto
de agua y las arquetas de tuberías de purines. La periodicidad de las comprobaciones
no podrá ser superior a un año. Este requisito quedará integrado dentro de los
requerimientos del SGA requerido por la MTD1.
e. Almacenar los animales muertos de forma que se eviten o reduzcan las emisiones.
Los subproductos animales se almacenarán en contenedores estancos con tapadera,
fuera del recinto de la explotación. El almacenamiento deberá cumplir los requisitos
que establece la normativa referente a SANDACH.
1.3. G
estión nutricional.
MTD 3. Para reducir el nitrógeno total excretado y, por ende, las emisiones de amoniaco,
satisfaciendo al mismo tiempo las necesidades nutricionales de los animales, la MTD consiste
en utilizar una estrategia de alimentación y una formulación del pienso que incluyan las
técnicas indicadas a continuación:
b. Alimentación multifases con una formulación del pienso adaptada a las necesidades
específicas del período productivo. El pienso suministrado es distinto en función del