Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (Suplemento DOE). (2021060817)
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Huelva y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas curriculares.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15557
El horario de realización de las prácticas se establecerá de acuerdo con las características de
las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora, quedando reflejados en el Anexo
correspondiente. Como regla general no tendrán una duración superior a 5 horas diarias y
un cómputo global 100 horas mes; cualquier excepción a la duración distinta a lo estipulado
requerirá su adecuada justificación por parte de la empresa, el acuerdo del estudiante y
la autorización expresa del Vicedecanato o Vicerrectorado competente. Los horarios, en
todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y
participación desarrollada por el alumnado en la Universidad.
Ambas partes aceptan el proyecto formativo objeto de las prácticas a realizar, que se incluirá
en el Anexo que para cada actuación se suscriba.
Tercera. Seguros.
El alumnado estará cubierto, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar por
el Seguro Escolar, en los términos y condiciones que establece la legislación vigente. En el
caso de estudiantes mayores de 28 años deberán formalizar un seguro de accidente, cuya
cuantía correrá a su cargo, debiendo aportar una copia del mismo previo al inicio de la
práctica curricular. Además, queda garantizada la responsabilidad civil de daños a terceros
que puedan ocasionar los estudiantes en prácticas por la póliza que la Universidad de Huelva
debe tener suscrita a tales efectos
Cuarta. Realización y seguimiento de las prácticas.
La realización de las prácticas externas amparadas por el convenio tendrá, a todos los efectos,
la consideración de actividad académica. Cada parte firmante nombrará a una persona que
llevará a cabo las funciones de tutoría.
La Universidad de Huelva supervisará el funcionamiento y desarrollo de las prácticas a
través del vicerrectorado competente en la materia y la persona encargada de la tutoría
académica designada por el Centro de estudio que coordinará y velará, junto con la persona
designada por el centro en que se desarrollen las prácticas para ejercer la tutoría, por el
desarrollo del proyecto formativo, del seguimiento del alumnado en prácticas para verificar
su aprovechamiento y de la evaluación de las prácticas formativas a través de la elaboración
de un informe al finalizar las mismas.
Por su parte, desde el centro en que se desarrollen las prácticas se designará a la persona
responsable de la tutoría del alumnado, y se encargará, además, de las tareas de dirección,
asesoramiento, orientación de las personas en prácticas, así como de evaluar las prácticas
formativas a través de la elaboración de un informe que recogerá el número de horas realizadas
por el estudiante y con valoración de los distintos aspectos referidos a las competencias
genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo.
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15557
El horario de realización de las prácticas se establecerá de acuerdo con las características de
las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora, quedando reflejados en el Anexo
correspondiente. Como regla general no tendrán una duración superior a 5 horas diarias y
un cómputo global 100 horas mes; cualquier excepción a la duración distinta a lo estipulado
requerirá su adecuada justificación por parte de la empresa, el acuerdo del estudiante y
la autorización expresa del Vicedecanato o Vicerrectorado competente. Los horarios, en
todo caso, serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y
participación desarrollada por el alumnado en la Universidad.
Ambas partes aceptan el proyecto formativo objeto de las prácticas a realizar, que se incluirá
en el Anexo que para cada actuación se suscriba.
Tercera. Seguros.
El alumnado estará cubierto, en caso de accidente, enfermedad o infortunio familiar por
el Seguro Escolar, en los términos y condiciones que establece la legislación vigente. En el
caso de estudiantes mayores de 28 años deberán formalizar un seguro de accidente, cuya
cuantía correrá a su cargo, debiendo aportar una copia del mismo previo al inicio de la
práctica curricular. Además, queda garantizada la responsabilidad civil de daños a terceros
que puedan ocasionar los estudiantes en prácticas por la póliza que la Universidad de Huelva
debe tener suscrita a tales efectos
Cuarta. Realización y seguimiento de las prácticas.
La realización de las prácticas externas amparadas por el convenio tendrá, a todos los efectos,
la consideración de actividad académica. Cada parte firmante nombrará a una persona que
llevará a cabo las funciones de tutoría.
La Universidad de Huelva supervisará el funcionamiento y desarrollo de las prácticas a
través del vicerrectorado competente en la materia y la persona encargada de la tutoría
académica designada por el Centro de estudio que coordinará y velará, junto con la persona
designada por el centro en que se desarrollen las prácticas para ejercer la tutoría, por el
desarrollo del proyecto formativo, del seguimiento del alumnado en prácticas para verificar
su aprovechamiento y de la evaluación de las prácticas formativas a través de la elaboración
de un informe al finalizar las mismas.
Por su parte, desde el centro en que se desarrollen las prácticas se designará a la persona
responsable de la tutoría del alumnado, y se encargará, además, de las tareas de dirección,
asesoramiento, orientación de las personas en prácticas, así como de evaluar las prácticas
formativas a través de la elaboración de un informe que recogerá el número de horas realizadas
por el estudiante y con valoración de los distintos aspectos referidos a las competencias
genéricas y específicas previstas en el proyecto formativo.