Consejería De Educación Y Empleo. Cuerpos Docentes. Lista De Espera. (Suplemento DOE). (2021060818)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el procedimiento para la constitución de listas de espera extraordinarias de determinadas especialidades de los cuerpos docentes no universitarios, convocado por Resolución de 25 de septiembre de 2020, modificada por Resolución de 27 de noviembre de 2020.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021

15463

2. OPOSICIONES Y CONCURSOS.

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas
y excluidas en el procedimiento para la constitución de listas de espera
extraordinarias de determinadas especialidades de los cuerpos docentes
no universitarios, convocado por Resolución de 25 de septiembre de 2020,
modificada por Resolución de 27 de noviembre de 2020. (2021060818)
Por Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Personal Docente,
se procedió a la convocatoria del procedimiento para la constitución de listas de espera
extraordinarias de determinadas especialidades de los cuerpos docentes no universitarios
(Diario Oficial de Extremadura núm. 190, de 30 de septiembre), modificada por Resolución
de 27 de noviembre de 2020 (Diario Oficial de Extremadura núm. 239, de 14 de diciembre).
La base V de la citada convocatoria establece “Finalizado el plazo de presentación de solicitudes,
se harán públicas de forma escalonada mediante resoluciones de la Dirección General de
Personal Docente las listas provisionales de personas admitidas y excluidas en las distintas
especialidades de los diferentes cuerpos. La publicación de dichas resoluciones se efectuará en
el Portal del Docente cuya dirección de internet es http://profex.educarex.es. En dichas listas
se especificarán en su caso, los motivos de exclusión, así como la forma de solventar dichos
motivos. En ellas se expresará la puntuación provisional total y por apartados otorgada a los
integrantes de las listas de espera, incluyendo la puntuación resultante de la incorporación de
oficio prevista en el apartado 4.2.4. Además, se harán públicos los listados de las personas
aspirantes que deban proceder a la subsanación de la documentación acreditativa de méritos
aportados y la manera de proceder”.
Asimismo, el apartado 5.1.1 de la base V determina que, contra la puntuación provisional
otorgada en las listas provisionales, las personas aspirantes podrán presentar las reclamaciones
que estimen oportunas en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
su publicación. Dichas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de las listas
definitivas. Al objeto de que las personas interesadas puedan efectuar las correspondientes
subsanaciones, los apartados 5.1.2 y 5.1.3 de la misma Base establecen la subsanación de
los requisitos y documentos exigidos con la solicitud y la subsanación de la documentación
acreditativa de los méritos aportados.
En su virtud, esta Dirección General de Personal Docente: