Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (Suplemento DOE). (2021060784)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 27 hectáreas de olivar", cuya promotora es Dª. Ana María Rodríguez Romero, en el término municipal de Azuaga (Badajoz). Expte.: IA18/2040.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021

15659

Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y
Decreto 78/2018, de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de
6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas
de Extremadura), y/o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real
Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies
Amenazadas), se notificará al personal técnico de la DGS y al agente del Medio
Natural de la zona que darán las indicaciones oportunas.
4.2. Medidas en la fase de construcción.


1. Se deberán mantener inalteradas como zona de reserva las 26 hectáreas situadas
en la mitad occidental de la parcela 37 del polígono 34, para mantener hábitat
disponible en una zona de elevada querencia para las aves esteparias. Esta zona
de reserva deberá mantenerse con cultivos herbáceos preferentemente de secano,
y con un manejo que permita su compatibilización con la presencia de estas aves
(alternancia de cereal, leguminosa y barbecho, cereales de ciclo largo, cosecha tardía
y mantenimiento de la vegetación espontanea de las lindes, etc.).



2. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto. En particular se prohíbe la plantación de olivos a 3 metros del borde
exterior de la zona de protección del camino que linda al sur de la zona de actuación
y las alteración o modificación en los elementos comunes del camino y su zona de
protección. Igualmente se deberá respetar el dominio público pecuario de la vía
pecuaria “Vereda de la carretera de Córdoba”. Por último, deberán ser igualmente
respetadas las masas de agua temporales y su área de influencia (charcas que
pueden constituir el hábitat de interés comunitario prioritario “Lagunas y charcas
temporales mediterráneas”).

3. 
Se realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las
medidas necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones
de las zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su
posterior relleno y en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular
en las inmediaciones.


4. Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este
respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape que