Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060735)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada y se da publicidad a la declaración de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de Benito Amado Pérez, en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021
14683
- i - Vigilancia y seguimiento
1. C
on una frecuencia anual, deberán remitirse los datos establecidos en el artículo 3 del Real
Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre
emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas. Esta
remisión deberá realizarse en el plazo y en la forma indicada por la Dirección General de
Sostenibilidad o, en su defecto, entre el 1 de enero y el 31 de marzo siguiente al periodo
anual al que estén referidos los datos y a través de la aplicación informática que gestiona el
Ministerio de Agricultura, y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de la siguiente
página web (www.prtr-es.es).
2.
Con independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la Dirección
General de Sostenibilidad, en el ejercicio de sus competencias, podrá efectuar y requerir
cuantos análisis e inspecciones estimen convenientes para comprobar el rendimiento y
funcionamiento de las instalaciones autorizadas.
3. E
l titular de la instalación industrial deberá prestar al personal acreditado por la administración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a cabo cualquier
inspección de las instalaciones relacionadas con la AAI, así como tomar muestras y recoger
toda la información necesaria para el desempeño de su función de control y seguimiento
del cumplimiento del condicionado establecido.
Estiércoles:
4. L
a explotación porcina deberá disponer de Libro de Gestión del Estiércol en el que se anotarán, con un sistema de entradas (producción) y salidas (abono orgánico, gestor autorizado
de estiércol), los distintos movimientos del estiércol generado por la explotación porcina.
En cada movimiento figurarán: cantidad, contenido en nitrógeno, fecha del movimiento,
origen y destino, especificándose las parcelas y el cultivo en que este estiércol se ha utilizado.
5. E
l Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando la
Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes del
1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
Residuos:
6. De conformidad con el artículo 40 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, el titular de la instalación industrial dispondrá de un archivo físico o telemático donde se recoja por orden
cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino de los residuos producidos; cuando
proceda se inscribirá también, el medio de transporte y la frecuencia de recogida. En el Ar-
Jueves, 18 de marzo de 2021
14683
- i - Vigilancia y seguimiento
1. C
on una frecuencia anual, deberán remitirse los datos establecidos en el artículo 3 del Real
Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre
emisiones del Reglamento E-PRTR y de las autorizaciones ambientales integradas. Esta
remisión deberá realizarse en el plazo y en la forma indicada por la Dirección General de
Sostenibilidad o, en su defecto, entre el 1 de enero y el 31 de marzo siguiente al periodo
anual al que estén referidos los datos y a través de la aplicación informática que gestiona el
Ministerio de Agricultura, y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de la siguiente
página web (www.prtr-es.es).
2.
Con independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la Dirección
General de Sostenibilidad, en el ejercicio de sus competencias, podrá efectuar y requerir
cuantos análisis e inspecciones estimen convenientes para comprobar el rendimiento y
funcionamiento de las instalaciones autorizadas.
3. E
l titular de la instalación industrial deberá prestar al personal acreditado por la administración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a cabo cualquier
inspección de las instalaciones relacionadas con la AAI, así como tomar muestras y recoger
toda la información necesaria para el desempeño de su función de control y seguimiento
del cumplimiento del condicionado establecido.
Estiércoles:
4. L
a explotación porcina deberá disponer de Libro de Gestión del Estiércol en el que se anotarán, con un sistema de entradas (producción) y salidas (abono orgánico, gestor autorizado
de estiércol), los distintos movimientos del estiércol generado por la explotación porcina.
En cada movimiento figurarán: cantidad, contenido en nitrógeno, fecha del movimiento,
origen y destino, especificándose las parcelas y el cultivo en que este estiércol se ha utilizado.
5. E
l Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando la
Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes del
1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
Residuos:
6. De conformidad con el artículo 40 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, el titular de la instalación industrial dispondrá de un archivo físico o telemático donde se recoja por orden
cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino de los residuos producidos; cuando
proceda se inscribirá también, el medio de transporte y la frecuencia de recogida. En el Ar-