Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas.- (2021060750)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo y reconversión y mejora de las existentes y para la adquisición de maquinaria específica al amparo de las ayudas estatales de mínimis en el sector agrario en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 53

14585

Jueves, 18 de marzo de 2021

2. Declaración Responsable de Ayudas Públicas solicitadas o recibidas para cualquier
actividad o finalidad con carácter de MÍNIMIS.

DECLARO que el solicitante1 de la ayuda (marcar lo que proceda):

 NO TIENE concedidas y/o solicitadas ninguna ayuda pública con carácter de Mínimis. Reglamento
UE nº 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a las ayudas de mínimis en el
sector agrícola, publicado en el DOUE nº 352 de 24 de diciembre de 2013 para cualquier inversión
o gasto durante el presente y los dos últimos ejercicios fiscales.

 TIENE concedidas y/o solicitadas las siguientes ayudas públicas con carácter de Mínimis. Reglamento
UE nº 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a las ayudas de mínimis en el
sector agrícola, publicado en el DOUE nº 352 de 24 de diciembre de 2013 para cualquier inversión
o gasto durante el presente y los dos últimos ejercicios fiscales.
Disposición legal que establece las
normas reguladoras y convocatoria

Fecha de
Concesión o
solicitud

Subvención
solicitada

Subvención
recibida

1

Se define en Reglamento UE nº 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a las
ayudas de mínimis en el sector agrícola: «Única empresa» incluye, a los efectos del Reglamento, todas
las empresas que tengan al menos uno de los siguientes vínculos entre sí:
a.
b.
c.
d.

una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra
empresa;
una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de
administración, dirección o control de otra empresa;
una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de un
contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria de la segunda empresa;
una empresa, accionista o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con
otros accionistas o socios de la segunda empresa, la mayoría de los derechos de voto de sus
accionistas

Las empresas que mantengan cualquiera de las relaciones contempladas en las letras a) a d) del párrafo
primero a través de otra u otras empresas también se considerarán una única empresa.