Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas.- (2021060750)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo y reconversión y mejora de las existentes y para la adquisición de maquinaria específica al amparo de las ayudas estatales de mínimis en el sector agrario en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 53
14548
Jueves, 18 de marzo de 2021
Trigesimoprimero. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente resolución producirá efectos desde su publicación simultánea en el Diario Oficial de la Junta de Extremadura y junto con el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. C
ontra esta resolución de convocatoria, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Secretaria General o ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los
artículos 36.i) y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer
cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 10 de marzo de 2021.
La Secretaria General.
MARÍA CURIEL MUÑOZ
14548
Jueves, 18 de marzo de 2021
Trigesimoprimero. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente resolución producirá efectos desde su publicación simultánea en el Diario Oficial de la Junta de Extremadura y junto con el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. C
ontra esta resolución de convocatoria, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Secretaria General o ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los
artículos 36.i) y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de que puedan interponer
cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 10 de marzo de 2021.
La Secretaria General.
MARÍA CURIEL MUÑOZ