Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias.- (2021AC0010)
Acuerdo de 21 de diciembre de 2020, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en la modificación puntual n.º 34 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Fregenal de la Sierra para suprimir la distancia mínima obligatoria de 300 m a suelo urbano y urbanizable para las actuaciones de interés social que se desarrollen en el suelo no urbanizable (artículo 98).
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NÚMERO 52
MIércoles, 17 de marzo de 2021
14392
ACUERDO de 21 de diciembre de 2020, de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en la modificación
puntual n.º 34 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de
Fregenal de la Sierra para suprimir la distancia mínima obligatoria de 300 m
a suelo urbano y urbanizable para las actuaciones de interés social que se
desarrollen en el suelo no urbanizable (artículo 98). (2021AC0010)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 21 de
diciembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito
a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio y debatido el asunto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.h del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y
funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio, corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de resolver sobre su aprobación definitiva, a la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Las competencias en materia de Ordenación del Territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación,
el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de
Extremadura (DOE de 2-7-19).
Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formando parte de ella la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Y atribuyéndose a la actual Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio el ejercicio de estas competencias, y entre
otras funciones, la de asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura (DOE de 5-8-19).
Así mismo, la disposición adicional primera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
Puesto que Fregenal de la Sierra no dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal adaptadas u homologadas a la ordenación estructural del artículo 70.1.1 de la Ley 15/2001
(LSOTEX), hasta tanto dicha homologación se produzca, la competencia de aprobación definitiva del planeamiento radicará, en todo caso, en dicho órgano de la Junta de Extremadura.
MIércoles, 17 de marzo de 2021
14392
ACUERDO de 21 de diciembre de 2020, de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en la modificación
puntual n.º 34 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de
Fregenal de la Sierra para suprimir la distancia mínima obligatoria de 300 m
a suelo urbano y urbanizable para las actuaciones de interés social que se
desarrollen en el suelo no urbanizable (artículo 98). (2021AC0010)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en sesión de 21 de
diciembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito
a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio y debatido el asunto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.h del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y
funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio, corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de resolver sobre su aprobación definitiva, a la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Las competencias en materia de Ordenación del Territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación,
el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Junta de
Extremadura (DOE de 2-7-19).
Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formando parte de ella la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Y atribuyéndose a la actual Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio el ejercicio de estas competencias, y entre
otras funciones, la de asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura (DOE de 5-8-19).
Así mismo, la disposición adicional primera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
Puesto que Fregenal de la Sierra no dispone de Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal adaptadas u homologadas a la ordenación estructural del artículo 70.1.1 de la Ley 15/2001
(LSOTEX), hasta tanto dicha homologación se produzca, la competencia de aprobación definitiva del planeamiento radicará, en todo caso, en dicho órgano de la Junta de Extremadura.