Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura. Personal Investigador.- (2021060710)
Resolución de 9 de marzo de 2021, del Presidente del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CICYTEX), por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de un doctor para la realización de tareas de investigación en materia de procesado y conservación de los alimentos mediante alta presión hidrostática.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021
14046
Séptima. Desarrollo del proceso de selección.
1. L
os aspirantes serán convocados para cada fase en llamamiento único, siendo excluidos
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que
serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección. No obstante, en caso de que
el número de participantes así lo haga aconsejable, el Tribunal podrá dividir en dos o más
grupos a los aspirantes a fin de que comparezcan en días y/o horas diferentes para realizar
las pruebas.
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se
determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera fase del proceso selectivo.
Una vez iniciada la valoración de méritos, los sucesivos anuncios de celebración de las
restantes fases deberán hacerse públicas por el órgano de selección, a través de la Dirección del CICYTEX, en la página web de CICYTEX, con 72 horas al menos, de antelación al
comienzo de las mismas.
2. N
o obstante lo anterior, y al amparo de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de
las aspirantes, con el día de celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
Para ello, las aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco
días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al Presidente del
Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe
médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de realización de la
prueba.
3. E
n cualquier momento del desarrollo del proceso, el Tribunal de Selección podrá requerir a
los aspirantes para que acrediten su personalidad.
4. S
i durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguno de los aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de
las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado.
El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado.
5. D
e acuerdo con lo regulado en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y
hombres y contra la violencia de género en Extremadura, si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente
Martes, 16 de marzo de 2021
14046
Séptima. Desarrollo del proceso de selección.
1. L
os aspirantes serán convocados para cada fase en llamamiento único, siendo excluidos
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que
serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección. No obstante, en caso de que
el número de participantes así lo haga aconsejable, el Tribunal podrá dividir en dos o más
grupos a los aspirantes a fin de que comparezcan en días y/o horas diferentes para realizar
las pruebas.
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se
determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera fase del proceso selectivo.
Una vez iniciada la valoración de méritos, los sucesivos anuncios de celebración de las
restantes fases deberán hacerse públicas por el órgano de selección, a través de la Dirección del CICYTEX, en la página web de CICYTEX, con 72 horas al menos, de antelación al
comienzo de las mismas.
2. N
o obstante lo anterior, y al amparo de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de
las aspirantes, con el día de celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
Para ello, las aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco
días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al Presidente del
Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe
médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de realización de la
prueba.
3. E
n cualquier momento del desarrollo del proceso, el Tribunal de Selección podrá requerir a
los aspirantes para que acrediten su personalidad.
4. S
i durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguno de los aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de
las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado.
El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado.
5. D
e acuerdo con lo regulado en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y
hombres y contra la violencia de género en Extremadura, si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente