Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060680)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal de Majadas de Tiétar. Expte.: IA20/1155.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021

14260

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual
n.º 1 del Plan General Municipal de Majadas de Tiétar. Expte.: IA20/1155.
(2021060680)

La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha ley.
La modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal de Majadas de Tiétar se encuentra
encuadrada en el artículo 49 de la Ley de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Es Órgano competente para la formulación del informe ambiental estratégico relativo a la modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal de Majadas de Tiétar, la Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
1. Objeto y descripción de la modificación.
La modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal de Majadas de Tiétar tiene por objeto la reclasificación de 34.808 m2 pertenecientes a la parcela 18 del polígono 5 del término
municipal de Majadas de Tiétar de Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística (SNUP-P)
a Suelo No Urbanizable de Protección Estructural Agrícola (SNUP-E2).
2. Consultas.
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones