Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Habilitación Profesional.- (2021060687)
Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se establece el calendario de exámenes a celebrar durante el año 2021 para la obtención de los carnés y habilitaciones profesionales en distintas especialidades de instalador, mantenedor, reparador y operador, reguladas en los reglamentos de seguridad industrial en vigor.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021
14235
5. L
as condiciones de realización de las pruebas se ajustarán a las normas establecidas para
la prevención frente al coronavirus COVID-19.
Los aspirantes deberán cumplir en todo momento las normas que serán publicadas junto
con las relaciones definitivas de admitidos, y seguir las indicaciones que realice el personal
de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. El incumplimiento de las normas
aludidas o de las indicaciones del personal mencionado, será causa de exclusión de la
prueba con pérdida de todos los derechos relativos a la misma.
Octavo. Publicación de resultados.
1. Los ejercicios se calificarán como apto o no apto.
2. L
a lista provisional de resultados de cada examen se publicará por los mismos medios indicados en el apartado 3 del resuelvo quinto, en un plazo no superior a un mes, a contar
desde la fecha de realización del examen.
3. A
partir del día en que se publique la lista indicada, los interesados tendrán un plazo de
diez (10) días naturales para presentar ante el Tribunal Calificador las reclamaciones que
estimen oportunas.
La presentación de reclamaciones deberá efectuarse mediante escrito dirigido al Presidente del Tribunal y en el mismo se especificarán las razones que motivan su reclamación. La
presentación se realizará en los mismos puntos indicados en el apartado 4 del resuelvo
Cuarto.
4. T
ras la comprobación de las reclamaciones, y efectuadas las correcciones pertinentes, el
Tribunal Calificador emitirá una propuesta de resolución conteniendo la lista definitiva de
resultados, la cual se elevará a la Dirección General de Industria, Energía y Minas para
que resuelva aprobando la lista definitiva. Dicha resolución también se publicará utilizando
para ello los medios anteriormente citados, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Sra.
Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un mes
contado a partir del día de su publicación.
Noveno. Expedición de certificados de habilitación y carnés profesionales.
1. L
a emisión de los Certificados de Habilitación Profesional para los aspirantes que hayan superado los exámenes correspondientes a las modalidades en las que la legislación vigente
no prevé la expedición de carné (operador industrial de calderas, instalador-reparador de
PPL e instalador de Gas), será realizada de oficio por el Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera de Cáceres.
Martes, 16 de marzo de 2021
14235
5. L
as condiciones de realización de las pruebas se ajustarán a las normas establecidas para
la prevención frente al coronavirus COVID-19.
Los aspirantes deberán cumplir en todo momento las normas que serán publicadas junto
con las relaciones definitivas de admitidos, y seguir las indicaciones que realice el personal
de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. El incumplimiento de las normas
aludidas o de las indicaciones del personal mencionado, será causa de exclusión de la
prueba con pérdida de todos los derechos relativos a la misma.
Octavo. Publicación de resultados.
1. Los ejercicios se calificarán como apto o no apto.
2. L
a lista provisional de resultados de cada examen se publicará por los mismos medios indicados en el apartado 3 del resuelvo quinto, en un plazo no superior a un mes, a contar
desde la fecha de realización del examen.
3. A
partir del día en que se publique la lista indicada, los interesados tendrán un plazo de
diez (10) días naturales para presentar ante el Tribunal Calificador las reclamaciones que
estimen oportunas.
La presentación de reclamaciones deberá efectuarse mediante escrito dirigido al Presidente del Tribunal y en el mismo se especificarán las razones que motivan su reclamación. La
presentación se realizará en los mismos puntos indicados en el apartado 4 del resuelvo
Cuarto.
4. T
ras la comprobación de las reclamaciones, y efectuadas las correcciones pertinentes, el
Tribunal Calificador emitirá una propuesta de resolución conteniendo la lista definitiva de
resultados, la cual se elevará a la Dirección General de Industria, Energía y Minas para
que resuelva aprobando la lista definitiva. Dicha resolución también se publicará utilizando
para ello los medios anteriormente citados, pudiendo ser recurrida en alzada ante la Sra.
Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un mes
contado a partir del día de su publicación.
Noveno. Expedición de certificados de habilitación y carnés profesionales.
1. L
a emisión de los Certificados de Habilitación Profesional para los aspirantes que hayan superado los exámenes correspondientes a las modalidades en las que la legislación vigente
no prevé la expedición de carné (operador industrial de calderas, instalador-reparador de
PPL e instalador de Gas), será realizada de oficio por el Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera de Cáceres.