Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060709)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación dedicada a la producción de carbón vegetal, titularidad de Eduardo Rodríguez López, en el término municipal de Alconchel.
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NÚMERO 51
Martes, 16 de marzo de 2021

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lidad para dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, que dicen: “…le comunico, que según la documentación aportada se considera y
resuelve que dentro de nuestras competencias, el proyecto es compatible con la normativa
municipal, todo ello sin perjuicio del cumplimiento de aquellos otros requisitos que legal o
reglamentariamente le sean exigidos para evitar la contaminación de suelos, agua y aire,
así como molestias a la población…Por otro lado, según información de www.ideex.es se ha
iniciado un expediente de calificación urbanística 2013/082/BA para construcción de nave
almacén y horno para fabricación de carbón vegetal cuyo estado de resolución es autorizado. Aunque el uso podría ser compatible, no se acredita la inadecuación o ausencia de
suelo industrial clasificado por el Plan General Municipal y al agotamiento de la capacidad
de crecimiento posible en las zonas de ruedos que pide el Plan Territorial. No se justifican
las distancias a otras industrias ni su compatibilidad con las mismas, viviendas o núcleos
de población (siendo este > 2.000 m) Es necesaria la calificación urbanística...”.
7. L
 a modificación sustancial de la AAU descrita en el proyecto de fábrica de carbón vegetal
de Eduardo Rodríguez López cuenta con informe de Impacto Ambiental favorable de 3 de
febrero de 2021. Este informe se adjuntan en el Anexo III de la presente resolución.
8. P
 ara dar cumplimiento al artículo 16.8 de la Ley 16/2015, de 23 de abril y al artículo 82
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta DGS se dirigió mediante escritos de 5 de febrero de 2020 a
Eduardo Rodríguez López, al Ayuntamiento de Alconchel y a las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible que forman
parte del Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Extremadura
con objeto de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se hayan presentado alegación alguna.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. L
 a Dirección General de Sostenibilidad es el órgano competente para la resolución del
presente expediente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.e) del Decreto 170/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad.
2. L
 a actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
particular en la categoría la categoría 4.1 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
relativa a “Instalaciones para la fabricación de combustibles sólidos, líquidos o gaseoso, no
incluidos en el anexo I”.